El Tribunal Supremo despenalizó el adulterio en la India, al declarar inconstitucional una ley del Código Penal de casi 160 años de antigüedad que trataba a la mujer como un objeto, dejando a la elección de su marido si las relaciones sexuales con otro hombre eran causa de delito o no.
Una sala compuesta por cinco jueces y encabezada por el presidente del Supremo, Dipak Misra, declaró que el artículo 497 del Código Penal, que imponía penas de hasta cinco años de cárcel por adulterio no consentido por el marido, es inconstitucional.
“Cualquier disposición que trata a la mujer en desigualdad no es constitucional“, aseguró Misra.
“Es hora de decir que el marido no es el dueño de su esposa. La soberanía legal de un sexo sobre el otro sexo es errónea”, agregó el presidente del máximo órgano judicial indio.
La decisión del Tribunal Supremo llega después de otra sentencia histórica este mes a favor de la igualdad, en la que el máximo órgano judicial declaró inconstitucional otro artículo de la época victoriana en el que se penalizaban las relaciones homosexuales.