La Cámara Nacional del Cementose reunió con la entonces Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pescaen el año 2000 para la elaboración de la Norma Oficial Mexicana NOM-040-ECOL-2002, (actualmenteNOM-040-SEMARNAT-2002) denominada “Protección ambiental-fabricación de cemento hidráulico-Niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera”.
El objetivo era regular el “coprocesamiento”(concepto que se introdujo en nuestra normatividad ambiental para dar cabida a una de las prácticas europeas de la economía circular) que significa poder aprovechar el poder calorífico de una parte de la fracción inorgánica no reciclable de los residuos sólidos urbanos, algunos residuos de manejo especial y una buena parte de los residuos peligrososcomo “combustibles alternos” en los hornos de cemento.Que además de ser más baratos que el coque del petróleo, en algunos casos las cementeras cobran por recibir residuos peligrosos para su destrucción final con su respectivo beneficio económico. No menos importante es que también se obtiene una significativa reducción desus emisiones de CO2 al usar estas formulaciones de combustibles alternos como uno de las mejores acciones inmediatas que permitirán a la industria cementera mexicana ayudar a cumplir con los objetivos de nuestro país ante el Acuerdo de París.Ante la falta de una regulación integral la industria cementera inició la práctica de algunas accionesrecomendadas por la Asociación Europea del Cemento (CEMBUREAU). De 2000 al 2021 surgieron adecuaciones y reglas para garantizar que el coprocesamiento sea llevado a cabo de manera controlada y que no impacte las emisiones al ambiente ni la calidad del cemento.El Convenio de Basilea fue firmado por México en 1991. A propuesta del Convenio se reunió un grupo de trabajo en2011 y desarrolló el documento“Directrices Técnicas sobre el coprocesamiento ambientalmente racional de los desechos peligrosos en hornos de cemento”publicado en noviembre de 2011.
Desafortunadamente la industria mexicana del cemento ha estado aplicando la vieja Norma desde hace 20 años. No promueve suactualización.Sabemos que de acuerdo la Ley de Metrología y Normalización y ahora con la nueva Ley de Infraestructura de la Calidad, las normas oficiales se debenrevisar cada 5 años. Tampoco promueve mejores prácticas ni aplica criterios establecidos en las Directrices del Convenio de Basilea.
La NOM-040-SEMARNAT-2002señala el uso de equipos de medición continua, a partir de la sustitución de más de 15% de combustible tradicional por residuos peligrosos.Esta regla debe modificarseporqueLey General para la Prevención y Gestión Integral de los residuos (modificación de mayo 2015) establece clasificaciones de residuos que hoy no se consideran en la Norma 040.Actualmente la industria cementera mexicana consume todo tipo de residuos sin tener la obligación de monitorear sus emisiones en forma continua.La Norma 040 tampocoexige un estricto análisis de entrada de los residuos que sería un buen mecanismo de control para garantizar tanto la calidad del cemento como el control de las emisiones, que hoy no se realiza.
Actualmente sabemos poco de sus emisiones y de sus prácticas internas del manejo de los residuos peligrosos y no vemos ninguna intención de las cementeras mexicanas de mejorar su operación ante la indiferencia de la nueva autoridad federal. Me refiero a la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales cuyo nuevo titular es el Dr. Arturo Gavilán García y un economista como nuevo Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental, Alonso Jiménez Reyes quiencarece del perfil técnico que exige su importante cargo.
*Carlos Alvarez Flores, Presidente de México, Comunicación y Ambiente, A.C. Experto en Gestión de Residuos y Cambio Climáticowww.carlosalvarezflores.com y Twitter @calvarezflores