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SAT podrá tomar fotos en los domicilios

El Heraldo de México | 22/10/2020 | 22:12

Los diputados federales modificaron esta semana el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación con la finalidad de permitir a los representantes del Servicio de Administración Tributaria (SAT) puedan tomar fotografías de los bienes que existen en los domicilios de los contribuyentes.

Según detalla El Heraldo de México, los cambios en este artículo permitirían a la autoridad fiscal realizar más de una visita a un mismo domicilio con el objetivo de detectar casos de evasión fiscal en los contribuyentes y a la vez reducir la incidencia de este delito.

Si bien el SAT ya cuenta con las facultades para revisar cuentas de banco, gastos en tarjetas y así como verificar las transacciones de un contribuyente, algunos analistas consideran que esta nueva disposición de la autoridad tributaria puede acarrear situaciones de riesgo para los ciudadanos en el actual contexto de inseguridad que sigue viviendo el país, por ello se cuestionan acerca de las garantías que concedería el SAT para las personas que reciban las visitas de representantes de la autoridad recaudatoria.

En México existen al menos tres tipos de domicilios fiscales: aquellos que corresponden a empresas o instituciones, consideradas personas morales; domicilios de personas físicas (pequeños empresarios con oficinas formales) y el de contribuyentes que cuentan co el domicilio privado y el domicilio fiscal ubicados en el mismo lugar.

Los analistas citan los altos índices de inseguridad y violencia que se viven en el país, aunado al confinamiento que los hace más proclives a sufrir un delito en sus hogares. Por ello se destaca, y resalta, que el personal del SAT debe identificarse al presentarse en un domicilio y mostrar un oficio en donde se le acredite para efectuar la visita.

Además se cuestionan la protección que se le dará a las imágenes que se tomen en los domicilios, así como al expediente digital para mantener la seguridad del contribuyente.