¿Rentas una vivienda en Nuevo León?
Ahora existe un límite para aumentar el monto del arrendamiento a los inquilinos.
El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Civil que modifican dos artículos relacionados con el arrendamiento de inmuebles.
Estas fueron publicadas en el Periódico Oficial del Estado el 26 de septiembre.
Según el artículo 2346 BIS, en fincas urbanas destinadas a casa habitación, la renta será en moneda nacional y solo podrá aumentarse de manera anual.
Además, el incremento no podrá exceder del 10 por ciento de la cantidad pactada como renta mensual.
Para lo anterior se deberá celebrar un nuevo contrato.
Diego Díaz, abogado de Garantía Jurídica Inmobiliaria, explica que, en el Estado, la mayoría de los contratos estipulan un incremento de acuerdo a la inflación.
Ésta ha fluctuado entre el 3.5 y 6 por ciento en los últimos años, comenta.
"Hay contratos que sí me han tocado, que ponen: 'La inflación más 5 puntos porcentuales'", explica el especialista.
Como ahí ya se estaría excediendo del 10 por ciento, se tendría que celebrar un nuevo contrato.
"Quien quiera aumentar más el valor de la renta (al 10 por ciento), pues simplemente al término de la vigencia del contrato le deja de rentar a esa persona.
"Busca un nuevo arrendatario", dice el abogado.
Cuando se aumenta la renta conforme al incremento de la inflación, el rango de precios se mantiene moderado.
Sin embargo, la plusvalía genera que las viviendas aumenten su valor.
Esto hace que algunos inmuebles vecinos establezcan costos de rentas mayores.
Los propietarios que tienen años con un rango moderado quieren incrementar su mensualidad, puntualiza el abogado.
"Al momento que le proponen al inquilino que la renta aumente, este responde que se está incrementando más de la inflación", dice Díaz.
Agrega que los cambios en la ley impactarán el mercado de las rentas, ya que ahora cierta cantidad de propietarios tendrán que conseguir nuevos arrendatarios.
"Entonces, es incierto el tiempo en que puedan encontrar a alguien", menciona el especialista.