San Luis Potosí, SLP.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) informó de la sustitución del proyecto de resolución SUP-JDC-2337/2025, a solicitud del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Acuerdo General 9/2020 de la Sala Superior. Este nuevo proyecto sustituye el que avalaba la inelegibilidad de Zelandia Bórquez Estrada como magistrada del Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de San Luis Potosí. El asunto se votará en sesión prevista para este miércoles.
La sentencia es con motivo de la demanda presentada por Bórquez Estrada que determina revocar la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí mediante la cual, entre otras cuestiones, la declaró inelegible para obtener el cargo de magistrada del Tribunal de Disciplina Judicial.
La sustitución del proyecto ocurre luego de que el asunto fuera pospuesto por varias semanas, y se diera a conocer que equipos de la ponencia a cargo sostuvieron una audiencia en relación con el expediente de Bórquez Estrada, tras lo cual se retiró temporalmente el análisis del caso del orden del día.
Contrario al primer proyecto, que sostenía que Bórquez Estrada había violado el requisito constitucional de separación del cargo de consejera electoral del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), con dos años de anticipación, el nuevo documento argumenta que no resulta aplicable dicha restricción en el modelo electoral por el que fue electa.
En el nuevo documento se concluye que no se actualiza la causa de inelegibilidad prevista en el artículo 116 constitucional, ya que la persona promovente no participó en la organización ni en la realización del proceso electoral para la elección de magistraturas. Además, el proyecto señala que no existe constancia de que su candidatura haya sido impugnada previamente a la jornada electoral, y que el Comité de Evaluación avaló que cumplía con todos los requisitos legales.
En el proyecto se concluye que la sentencia del Tribunal Electoral de San Luis Potosí debe revocarse, ya que realizó una interpretación que restringe de forma desproporcionada el derecho de la promovente a ser votada y vulnera el principio de certeza y seguridad jurídica. Por ello, se propone revocar la sentencia local, y considerar a Bórquez Estrada como elegible y restituirle el cargo para el cual fue electa.
Cabe destacar que de aprobarse este nuevo proyecto por mayoría del Pleno de la Sala Superior del TEPJF, Bórquez Estrada conservaría su magistratura, y se revertirían los ajustes realizados por el CEEPAC el mes pasado, cuando reasignó el cargo de “mujer uno” a Luz Adriana Miranda Tello y el de “mujer dos” a Alba Laura Álvarez Lara.