San Luis Potosí, SLP.- El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) ha aclarado que la revisión documental de requisitos, incluidos los académicos, para los candidatos a magistrados electorales no fue su responsabilidad legal. Según Paloma Blanco López, presidenta del organismo electoral, esta tarea correspondía a los Comités de Evaluación de cada Poder, lo que significa que el CEEPAC no tuvo injerencia en dicha verificación.
Estas declaraciones surgen luego de cuestionamientos sobre las impugnaciones relacionadas con la presunta inelegibilidad de cuatro magistraturas que resultaron virtualmente ganadoras en la reciente elección de juzgadores del Poder Judicial.
Blanco López explicó que, de acuerdo con la ley electoral del estado y la Constitución Local, la verificación del cumplimiento de requisitos es atribución exclusiva de los comités de evaluación. Estos comités fueron los responsables de emitir la convocatoria, recibir los expedientes, y determinar la idoneidad y elegibilidad de los aspirantes, para luego enviar al CEEPAC los listados de candidaturas al Poder Judicial.
En ese sentido, la consejera presidenta afirmó que si bien el CEEPAC cuenta con los expedientes, no están facultados para revisar los requisitos, ya que esto se realizó en una etapa previa. Descartó que el organismo electoral haya solicitado constancias de estudios o promedios escolares, pues "no podemos asumir facultades que no nos han sido expresamente conferidas por la ley". Subrayó que la única función del CEEPAC es verificar que las personas electas no estén impedidas conforme al artículo 38 de la Constitución Política de México.
Finalmente, Blanco López indicó que este caso ya se encuentra en manos de los tribunales, quienes serán los encargados de resolver de acuerdo con los criterios que establezcan para estos casos.