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Sanciona Tribunal Electoral a candidato a juez

Jorge Torres | Plano Informativo | 27/06/2025 | 15:54

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí determinó procedente sancionar a un candidato a juez del Distrito Judicial 1A de San Luis Potosí, debido a que vulneró las normas sobre propaganda político electoral al pintar bardas en dos municipios con el llamado expreso a votar por él, por lo que se le sancionó con 50 unidades de medida y actualización correspondientes a 5 mil 657 pesos.
 
Lo anterior lo determinó por unanimidad el Pleno del Tribunal Electoral al atender el expediente relativo al procedimiento sancionador especial cuatro de este año en el cual se declaró la existencia de la falta atribuida al denunciado consistente en vulnerar las normas sobre propaganda político electoral al pintar bardas con llamados expresos al voto, es decir que no fue impreso en papel reciclable fabricado con materiales biodegradables, que no contenga sustancias tóxicas o nocivas para la salud o medio ambiente.
 
En ese sentido, se acredita la infracción contenida en el artículo 486 de la Ley Electoral en relación con los artículos 11 y 15 de los lineamientos que establecen las reglas para las campañas electorales, que deben atender las personas candidatas juzgadoras en este proceso electoral.
 
"Se acredita toda vez que de la certificación de la autoridad instructora podemos advertir claramente la existencia de las cuatro bardas pintadas, más una adicional que se encontró en el trayecto de recorrido en la realización de la certificación, dando un total de cinco bardas en los municipios de Mexquitic de Carmona y de Ahualulco del Sonido 13".
 
Se informó que se encontraron dos bardas que tenían pintas con las leyendas de letras color negro "Miguel Gutiérrez Ortiz. Juez de Penas y Medidas de Seguridad. Vota primero de junio"; y de color verde el número "120"; así como tres barras más con las mismas características, además de una silueta de una persona de perfil.
 
Cabe destacar que no fue procedente el deslinde que pretendía el denunciado respecto a dicha propaganda, por lo que al considerarse una falta calificada como grave ordinaria, se considera conducente la imposición de la sanción monetaria señalada.