San Luis Potosí, SLP.- La diputada Sara Rocha Medina presentó una iniciativa de reforma al artículo 51 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, para establecer los mecanismos que permitan el mejoramiento de las condiciones laborales de los elementos de seguridad pública preventiva y así, fortalecer el desarrollo policial.
La propuesta establece que los integrantes de las instituciones de seguridad pública en el Estado y los ayuntamientos, por la naturaleza de su función, tendrán el carácter de agentes depositarios de autoridad. Por tanto, su relación con la administración pública será de carácter administrativo, y se regirá por lo establecido en esta Ley y demás ordenamientos aplicables.
Las instituciones de seguridad pública deberán generar para su personal, de acuerdo a sus necesidades y con cargo a sus presupuestos, una normatividad de régimen complementario de seguridad social y reconocimientos; todos los elementos de seguridad pública disfrutarán de la misma remuneración, sin tener en cuenta sexo, ni municipio de adscripción.
La diputada Sara Rocha establece en sus propuesta que anualmente se considerará aumento en la remuneraciones en las percepciones y prestaciones de los integrantes de los cuerpos de seguridad pública estatales y municipales, que realicen funciones operativas o actividades técnicas de apoyo operativo, que acrediten haber participado en el año inmediato anterior en cursos de formación inicial, continua, evaluaciones de desempeño en el servicio, de habilidades, destrezas y conocimientos de la función policial.
En el caso de los municipios, además de lo anterior, deberán acreditar haber adoptado la estructuración de la jerarquización terciaria establecida en los artículos 68, 69 y 70 de esta Ley; y deberán contar todos con el certificado único policial vigente para ser candidatos a dichos incrementos.
Las modificaciones a los presupuestos de egresos que resuelvan aumentos salariales deberán ser fundados y motivados, sin que, en ningún caso, puedan ser disminuidos, pero sí podrán permanecer sin variaciones las anualidades que sean necesarias, a fin de ajustarse a los principios establecidos en el presente artículo; dichos incrementos de las remuneraciones deberán ajustarse a los que establecen las normas presupuestales en materia de servicios personales, señaló la diputada Medina.
Puntualizó que “contar con cuerpos de seguridad publica preventiva profesionales no es solamente una aspiración, es una exigencia ciudadana que no admite postergaciones, de ahí que los gobiernos deban estar obligados a hacer un esfuerzo por otorgar a sus elementos policiales preventivos en activo mejoras a sus prestaciones laborales mínimas para de esta manera otorgar estabilidad, seguridad e igualdad de oportunidades en el empleo, fortaleciendo la vocación de servicio y el sentido de pertenencia a la corporación”.