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Fijan topes de gastos personales para candidatos a jueces en elección extraordinaria

Jorge Torres | Plano Informativo | 11/04/2025 | 19:12

San Luis Potosí, S.L.P. - El Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) aprobó por unanimidad los límites máximos de gastos personales de campaña que aplicarán a cada aspirante en el proceso electoral local extraordinario 2025 para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí. Es importante destacar que el financiamiento de estas campañas deberá provenir exclusivamente de recursos propios de los candidatos, sin la posibilidad de recibir fondos públicos o privados.
 
En este contexto, el tope de gastos personales de campaña para las candidaturas judiciales estatales se estableció en 206 mil 555.81 pesos. Este límite aplicará a quienes aspiren a las siguientes posiciones: magistraturas del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, Tribunales Especializados en Materia Laboral y Juzgados de Oralidad Penal.
 
Por otro lado, para las candidaturas distritales, el tope de gastos de campaña será de 146 mil 119.32 pesos. Este límite será aplicable a las candidaturas para: juzgados de Primera Instancia por Especialidad (Familiar, Civil, Oral Mercantil, Especializados en Oralidad Civil y Familiar, Mercantil Tradicional, Mixtos, Penal Tradicional, de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad) y Tribunales de Oralidad Penal/Justicia para Adolescentes.
 
Al respecto, Mauro Eugenio Blanco Martínez, Secretario Ejecutivo del CEEPAC, explicó que estos topes de gastos personales de campaña cumplen con lo establecido en los artículos 522 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y 499 de la Ley Electoral del Estado. Asimismo, señaló que estos límites buscan garantizar la equidad en la contienda electoral para las diversas candidaturas del poder judicial, considerando la naturaleza distinta de este proceso en comparación con las elecciones de partidos políticos y candidaturas independientes.
 
Finalmente, Blanco Martínez consideró que, dado el periodo limitado de campaña de 30 días naturales para las candidaturas de personas juzgadoras y la preponderancia de actos de campaña en redes sociales y medios digitales, un gasto menor es adecuado. Esto se refuerza con la limitación en la difusión de propaganda electoral, que deberá ser impresa en papel reciclable, y la restricción de su participación a entrevistas noticiosas y foros de debate, los cuales deberán ser ofrecidos de manera gratuita.