La Secretaría de Gobernación (Segob) resaltó que hay la percepción social de que los fieles de la iglesia vinculada a la Santa Muerte son en su mayoría, personas relacionadas con la delincuencia organizada, cuya veneración ha encontrado una creciente aceptación en sectores urbano-populares.
Datos solicitados por EL UNIVERSAL a la Segob consignaron que personas dedicadas al robo a transeúntes, a tarjetahabientes, a usuarios del transporte público, narcomenudistas, extorsionadores y secuestradores, como es el caso de Daniel Arizmendi, El Mochaorejas, son fieles de esta secta.
El culto a la Santa Muerte se realiza principalmente en algunos lugares como el barrio de Tepito, que tiene una larga historia de criminalidad entre los que destacan contrabando, robo y tráfico de estupefacientes. Ahí, el primer día de cada mes y principalmente el 12 de noviembre de cada año, se realiza el festejo en honor a esta deidad, en la calle de Alfarería, donde tiene un altar.
Daniel Arizmendi tenía un altar particular en una de sus propiedades.
Documentos de la Segob muestran que desde el 17 de febrero de 2006, David Romo Guillén, “obispo” de dicha iglesia arrestado en esta semana, comunicó a esa dependencia que llevaría a cabo actividades de culto público, con el objeto de acreditar los cinco años de antigüedad que exige la ley para constituirse nuevamente en asociación religiosa, tras perder el registro en 2005.
“Es preciso señalar que en esa ocasión, la agrupación religiosa no hizo mención alguna respecto a la adoración de la Santa Muerte , sino menciona a la figura del Ángel de la Muerte, como deidad de veneración”, indica la Segob.
En los datos se destacó que en el expediente de la Dirección General de Asociaciones Religiosas (DGAR) de la Segob, dicha asociación, hoy extinta, cuando gozaba de personalidad jurídica registró siete bienes inmuebles bajo las modalidades de comodato y arrendamiento, “mismos que fueron manifestados como necesarios para el cumplimiento de sus fines religiosos”.
La Segob aclaró que el marco jurídico en materia religiosa no impide la realización de actividades de culto público a las iglesias y agrupaciones que carecen de registro constitutivo, como es el caso de la iglesia de la Santa Muerte, “que desde la cancelación de su registro ha realizado actos de culto de público con normalidad, pero sin el goce de los derechos previstos en la ley”.
El documento entregado por la Segob establece que el procedimiento de cancelación del registro comenzó en septiembre de 2004, luego de que un ministro de culto promovió su baja de la Iglesia Católica Tradicional Mex-Usa, misioneros del Sagrado Corazón y San Felipe de Jesús ante DGAR, porque se quería imponer a la feligresía “la devoción a la Santa Muerte”.
Por ello, se inició el procedimiento administrativo previsto en el artículo 30 de la Ley de Asociaciones religiosas por la probable comisión de la infracción prevista en la fracción VIII del artículo 29 de ese ordenamiento legal, consistente en la prohibición de desviar los fines de las asociaciones, que éstas pierdan o menoscaben gravemente su naturaleza religiosa.
“La DGAR ordenó una minuciosa investigación con el fin de determinar la veracidad de los hechos denunciados, de la cual se concluyó que de acuerdo con sus estatutos, no existía manifestación alguna respecto del culto de la Santa Muerte. Durante el procedimiento, en ejercicio de su garantía de audiencia, la asociación religiosa no desacreditó la imputación de desviar sus fines religiosos registrados en 2003 y confirmó la adopción, promoción y práctica del culto a la Santa Muerte, sin poder justificar el origen cristiano de dicha devoción", indicó el texto.
La cancelación de tal registro constitutivo tuvo como consecuencia la pérdida de la personalidad jurídica que implicó la pérdida del derecho a integrar patrimonio propio, así como la celebración de actos jurídicos.
El 19 de octubre de 2000, resalta la Segob, la iglesia de la Santa Muerte solicitó ante la DGAR constituirse como asociación religiosa para “predicar la palabra de Dios como lo enseñan las santas escrituras, conservar la liturgia de la santa misa tridentina y fomentar el servicio, la hermandad, capacitación para el trabajo y progreso espiritual entre los hombres sin fines de lucro.
“Se destaca que en dichos estatutos exhibidos en 2000, al solicitar su registro constitutivo como asociación religiosa, no se propuso bajo ninguna modalidad el culto a la llamada Santa Muerte, como parte de su doctrina o cuerpo de creencias religiosas”, abundó la Segob. El 4 de abril de 2003, se le entregó el certificado de registro constitutivo SGAR/2573/2003 con David Romo como representante legal y apoderado, “quien se hizo llamar arzobispo primado y superior general”.