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Cancela tribunal caso Viaducto Bicentenario

Agencia Reforma | 07/06/2024 | 09:14

Un tribunal federal canceló la investigación y la causa judicial abiertas por la concesión supuestamente ilegal del tramo Viaducto Bicentenario a OHL (hoy Aleática) en el Estado de México. 
 
La FGR sostuvo que el permiso ocasionó un presunto daño al erario de 8 mil 403 millones 242 mil 312 pesos.
 
 El Primer Tribunal Colegiado de Apelación de Toluca ratificó la no vinculación a proceso en favor de 7 imputados, al estimar que sí es legal el permiso para explotar este tramo carretero y, por tanto, no existe delito qué perseguir.
 
 Por unanimidad, los tres magistrados del tribunal validaron que, si bien esta obra no tiene en su origen una concesión federal, como lo exige la norma en la materia, en el presente sexenio la Secretaria de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) reconoció haberle otorgado el Gobierno del Edomex el derecho para explotar este tramo carretero.
 
 Es decir, dieron por cierto que en 1983 la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) le otorgó al Gobierno del Estado de México el derecho para explotar el tramo carretero que en el 2008 concesionaría a OHL-Aleática.
 
 Y también ratificaron que el 1 de octubre de 2020 la SICT convalidó en un convenio la legalidad de esa concesión al Edomex, y que el 29 de junio de 2023 la secretaría reconoció en un oficio que sí otorgó hace más de 30 años ese derecho de explotación.
 
 Con este fallo, el colegiado ratificó la no vinculación a proceso y el sobreseimiento o cancelación de la investigación dictado el pasado 13 de marzo por Daniel Ramírez Peña, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez.
 
 "El juez del proceso expone que si bien existe un título de concesión expedido el 7 de mayo de 2008, por una autoridad incompetente para otorgarlo -Gobierno del Estado de México-; no menos lo es que estima que dicha infracción se subsanó mediante el convenio de colaboración y coordinación de acciones de 1 de octubre de 2020, por el Secretario de la entonces SCT, por lo cual ahora hay un permiso otorgado por una autoridad competente para que los implicados explotaran el tramo elevado de dicha autopista", señala el tribunal.
 
 "Si bien... está acreditado que el tramo carretero de la autopista México-Querétaro conocido como Viaducto Bicentenario es un bien de la Nación y que los imputados lo han explotado; también lo es que éstos cuentan con un permiso para hacerlo".
 
 Por lo anterior, confirmó la no vinculación a proceso por los delitos de asociación delictuosa y explotación de un bien de la Nación en favor de Rubén Gerardo López Barrera, director general de Aleática; José Andrés de Oteyza Fernández y Sergio Hidalgo Monroy Portillo, ex presidente del Consejo de Administración y ex director general de OHL, respectivamente.
 
 También, en favor de Ernesto Javier Nemer Álvarez y Luis Gilberto Limón Chávez, ex secretarios general de Gobierno y de Movilidad, además de Jorge Joaquín González Bezares, director general de la Junta de Caminos, y Alberto Tomás Angulo Lara, director federal en Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Sistemas Conexos y Auxiliares, todos del Estado de México.
 
 El colegiado se reservó dictar el fallo por lo que respecta al delito de usurpación de funciones, imputado a González Bezares.
 
 En primera instancia, el juez Ramírez determinó que ese delito es del fuero común y por ello lo remitió a un juez de la Ciudad de México; sin embargo, debido a que aún no ha aceptado el caso la justicia capitalina, el tribunal decidió no pronunciarse al respecto.
 
 La definitividad de la sentencia del tribunal depende de otro litigio que está en curso.
 
 Paulo Díez Gargari, abogado de la empresa Infraiber y denunciante de este asunto, reclamó la calidad de víctima en el proceso y le fue negada por el juez. El litigante presentó un amparo contra la negativa del juzgador.
 
 En caso de que le concedan ese amparo, el fallo en favor de los imputados quedará sin efecto y se ordenará reponer el procedimiento, es decir, se convocará a una nueva audiencia y se volverá a pedir la vinculación a proceso de los implicados.
 
 Pero si Díez pierde esa demanda judicial, el caso quedará cancelado.