El Comité Olímpico Internacional (COI) aprobó una nueva política de elegibilidad que restringe la participación en las categorías femeninas de los Juegos Olímpicos, medida que entrará en vigor a partir de Los Ángeles 2028.
Según el organismo, la elegibilidad quedará limitada a mujeres biológicas, lo que será determinado mediante una prueba genética obligatoria que se realizará una sola vez en la carrera de cada atleta.
El COI explicó que esta decisión busca garantizar la equidad competitiva, la seguridad y la integridad en las pruebas femeninas. Asimismo, aclaró que la medida no será retroactiva ni aplicará en el deporte recreativo.
Además, la normativa incluye restricciones para atletas con diferencias en el desarrollo sexual (DSD), como el caso de la corredora Caster Semenya.
El organismo destacó que el cambio responde a la necesidad de establecer un criterio uniforme, ya que anteriormente cada federación deportiva definía sus propias reglas.
De acuerdo con el informe presentado, existen diferencias físicas derivadas del desarrollo biológico que pueden influir en el rendimiento deportivo, especialmente en disciplinas que dependen de la fuerza, potencia o resistencia.
El documento también señala que la prueba genética utilizada buscará identificar el gen SRY, asociado al desarrollo sexual masculino.
Esta nueva política se suma a medidas que ya habían adoptado algunas federaciones internacionales en disciplinas como atletismo, natación y ciclismo, donde se habían establecido restricciones similares en años recientes.