En Ciudad de México, la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas aplicará este domingo 1 de julio de las 00:00 a las 24:00 horas.
Esta disposición, que se publicará este 29 de junio en la Gaceta Oficial de Ciudad de México, aplicará para todos los establecimientos mercantiles de la ciudad como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, en los que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de las ferias, festividades y tradiciones populares en la vía pública.
Quedan exentos de la restricción, salones de fiesta, restaurantes, establecimientos de hospedaje, clubes privados, salas de cine, teatros y auditorios, donde se consuman bebidas alcohólicas en copeo o con alimentos.
Así aplicará la ley seca en CDMX de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles local y demás normatividades aplicables.
Cabe recordar que el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que el día de la elección y el precedente, las autoridades competentes en cada entidad federativa, podrán determinar las medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes.