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Ayudaría reforma a vivienda

Agencia Reforma | 23/04/2024 | 09:45

La reforma al artículo 37 de la Ley del Infonavit, para transferir al Fondo de Pensiones para el Bienestar los recursos de las cuentas inactivas del Fondo Nacional de la Vivienda, podría tener un efecto favorable en materia de construcción y vivienda, señalaron especialistas.

Ricardo Trejo, director general de la consultora Forecastim, explicó que la reforma podría beneficiar al sector de construcción a mediano plazo, si se les permite a los pensionados jubilarse al 100 por ciento de su salario y destinar parte de sus recursos a la autoproducción de vivienda.

"Ese podría ser un efecto favorable en el mediano plazo. 

"Pero en el corto plazo no se ve un impacto al Infonavit ni a la construcción de vivienda, porque la probabilidad de reclamo de dichas cuentas inactivas es baja", enfatizó.

Sin embargo, advirtió, de aprobarse la reforma tendría que existir un mecanismo que permita al Fondo de Pensiones para el Bienestar que controle dichos recursos de manera eficaz.

El Infonavit podría transferir alrededor de 4 mil 500 millones de pesos al Fondo, recursos que provendrían de alrededor de 2.2 millones de cuentas inactivas de trabajadores que cumplan 70 años.

Cristian Huertas, CEO y cofundador del bróker hipotecario Morgana, consideró que la reforma no mejora o empeora los alcances que puedan tener los créditos del Infonavit, pero sí limita sus programas para ofrecer mejor atención o tener mayor presencia en ciudades, por ejemplo.

Destacó que los institutos que reciben el dinero de los trabajadores cuentan con una alta regulación para transparentar cómo y en qué se invierten los recursos.

"Esas inversiones se hacen a través de un comité técnico conformado por un representante del Gobierno, un representante de los trabajadores y otro de los patrones.

"En ese sentido, con la reforma, los recursos (de cuentas inactivas) los quieren enviar a un organismo que no tiene un comité técnico", advirtió.

Por lo tanto, podrían disminuir la transparencia sobre los recursos de los trabajadores.

La Constitución estipula que la administración de los recursos de las subcuentas de vivienda de los trabajadores está bajo resguardo del Infonavit en el artículo 123, segundo párrafo, fracción XII, apartado A.

Por lo que la propuesta de reforma para transferir al Fondo de Pensiones para el Bienestar contraviene lo establecido en dicho artículo constitucional.

Además, el artículo 5 de la Ley del Infonavit indica que las aportaciones de los patrones a las subcuentas de vivienda son propiedad de los trabajadores.