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Gobernanza urbana

Jorge Chessal Palau | 09/04/2024 | 22:26

El derecho urbano es la colección de políticas, leyes, decisiones y prácticas de amplio alcance, que rigen la administración y el desarrollo del medio ambiente urbano. En México, esta disciplina se desarrolla a través de los tres niveles de gobierno, federal, estatal y municipal.

El Congreso de la Unión expide una ley general, la cual distribuye los diferentes ámbitos de competencia entre cada ámbito gubernamental, con el fin de cumplir los fines que corresponden a este delicado punto de la ciudad y su entorno, para lo cual se dictarán las medidas necesariaspara ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinosde tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación,conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población. En lo estatal, esta norma general asigna las tareas que se encomiendas a Estados y municipios, para que a su vez las leyes estatales determinen lo conducente.

A los municipios corresponde, además de muchas cuestiones inherentes al desarrollo urbano previstas en la ley general, la administración del suelo urbano y el desarrollo de las construcciones, así como la ordenación de las mismas, lo que incluye la prestación de los servicios públicos esenciales para propiciar las mejores condiciones de vida para la población.

La manera en que las comunidades se estructuran y las ciudades son administradas impacta profundamente la vida de numerosas personas. Las decisiones concernientes a las reglas del juego urbano pueden tener consecuencias tanto favorables como desfavorables en aspectos como la justicia social, la eficacia de la administración pública, la participación democrática en la toma de decisiones, el avance económico, la salvaguarda de los derechos fundamentales y la transparencia en la actuación de las autoridades.

Las directrices establecidas por la legislación particular del Estado son: accesibilidad y movilidad urbana;coherencia y racionalidad; competitividad y eficiencia de las ciudades; derecho a la ciudad; derecho a la propiedad urbana; interés público en la ocupación y aprovechamiento del territorio; desarrollo local; habitabilidad urbana; participación democrática y transparencia; preservación del patrimonio cultural y natural; productividad y eficiencia; protección y progresividad del espacio público; resiliencia, seguridad urbana y prevención de riesgos, así como el de sustentabilidad ambiental.

¿Suena complicado? Lo es. La gobernanza urbana no es fácil y por eso el que se limite las funciones de los ayuntamientos, como regla general, a tres años, no permite que se pueda tener una visión de futuro adecuada, sobre todo en los vaivenes del entorno político que impera actualmente en nuestro país.

Sin duda la posibilidad de reelección consecutiva en el ámbito municipal vino a remediar en buena medida la lucha contra el tiempo que significa gobernar bien el desarrollo urbano.