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‘Burn out’, alteraciones del sueño

Animal politico | 10/12/2023 | 15:17

Si tu trabajo te ha generado trastornos de ansiedad, estrés, alteraciones del sueño o depresión esta información te interesa. Pues desde el 4 de diciembre dichos padecimientos ya están contemplados en las tablas de enfermedades de trabajo y de evaluación de las incapacidades permanentes resultante de los riesgos de trabajo, según se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

“Esta reforma obliga a los patrones a contar con un programa integral para la promoción y protección del derecho humano a la salud mental en el trabajo, y se contempla que las empresas tengan capacitación en el desarrollo de campañas de promoción y protección de la salud mental”, nos explicó la abogada Carla Ureña Aguilar. 

La especialista también comentó que con estos cambios se deben implementar  protocolos y mecanismos para que los trabajadores que padezcan enfermedades mentales no sean estigmatizados.

Pero si ya te tienes que regresar al trabajo, aquí te explicamos rápido:

A partir del 5 de diciembre los trastornos mentales ya se consideran enfermedades por el trabajo.

 El trastorno de ansiedad, estrés, trastorno del ciclo del sueño-vigilia y depresivo son los trastornos que se agregan a la tabla de enfermedades por trabajo en el DOF.

Con esto se busca brindar a los trabajadores mejor certeza al momento de solicitar una incapacidad o pensiones si sufrieron algún trastorno mental u otra de las 194 enfermedades contempladas.

Las tablas por enfermedades de trabajo fungen como instrumentos auxiliares de evaluación y dictaminación para los peritos médicos que señalan la relación causal del trabajo-daño.

 

En qué consiste la reforma que incluye a los trastornos mentales como enfermedades de trabajo

En el Artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) actualizó las Tablas de Enfermedades de Trabajo para la Valuación de Incapacidades Permanentes Resultantes de los Riesgos de Trabajo, incrementando de 161 a 194 enfermedades, y el Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo, donde ya se incluyen los trastornos mentales como ansiedad, estrés, depresión y del ciclo del sueño.

En entrevista para El Sabueso, la abogada Carla Erika Ureña Aguilar comentó que la reforma está “dentro de los criterios que está impulsando la Organización Mundial de la Salud que, luego de que la pandemia generó una serie de trastornos a la salud mental, deben ser considerados en todos los ambientes, incluyendo el laboral”. 

Las tablas de enfermedades por trabajo están hechas bajo los lineamientos de la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-11 de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y funcionan como instrumentos auxiliares para una correcta evaluación y dictaminación que realizan los peritos médicos para señalar la relación causal del trabajo-daño.  Y, ¿eso qué significa?

Que si tú sufriste una enfermedad por trabajo, con la ayuda de las tablas y catálogos se pueden consultar los criterios de evaluación y el grado de daño para considerar una incapacidad en materia de salud mental u otras enfermedades.

La implantación de esta reforma, obliga a los patrones a implementar protocolos y mecanismos de denuncia para crear ambientes seguros de trabajo y que los empleados que padezcan de alguna enfermedad mental no sean estigmatizados.

Sin embargo, pese a la implementación de esta reforma, Carla Ureña apunta que debido al desabasto de fármacos para la atención de salud mental, también es necesario que otros sectores de salud se involucren para una atención apropiada a los trabajadores que padezcan de algún trastorno.

También se modificaron los artículos 514 y 515,  que estipula que las Tablas de Enfermedades por trabajo y los Catálogos deben ser revisados por expertos al menos cada cinco años desde su publicación o cuando surjan investigaciones que lo justifiquen, y posteriormente la aprobación del presidente.