Alfonso Del Real López | 23/08/2023 | 00:02
LA CONDONACIÓN DE IMPUESTOS en México era casi un deporte nacional hasta 2019. Eso implicaba que contribuyentes obligados a cumplir fiscalmente obtenían una especie de “perdón fiscal” que implicaba o no pagar, o pagar menos de lo que debían. La condonación, por definición, implica conceder o regalar, lo que en términos fiscales se entiende como algo similar a perdonar, es decir, hacer un favor para no pagar impuestos.
ESO CAMBIÓ EN 2019. PARA evitar lo que a todas luces se interpretaba como una facultad discrecional del Poder Ejecutivo Federal de dar exenciones o liberar de la responsabilidad contributiva o deuda tributaria a un contribuyente, se realizó una reforma legal cuyo resultado se puede revisar en el “DECRETO por el que se dejan sin efectos los Decretos y diversas disposiciones de carácter general emitidos en términos del artículo 39, fracción I del Código Fiscal de la Federación, por virtud de los cuales se condonaron deudas fiscales” publicado el 20 de mayo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación. Aquí lo puede consultar.https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5560762&fecha=20/05/2019#gsc.tab=0
AHÍ PODEMOS ENCONTRAR EL siguiente texto: “Que el artículo 39, fracción I del Código Fiscal de la Federación otorga al Ejecutivo Federal la facultad potestativa para que mediante resoluciones de carácter general pueda condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias; que con dicho fundamento, el Ejecutivo Federal suele emitir decretos con el fin de normalizar la actividad económica en regiones y sectores cuando se considera necesario, mediante el otorgamiento de facilidades fiscales; que, sin embargo, en los últimos sexenios, la finalidad de ofrecer al contribuyente tales facilidades fiscales se ha ido distorsionando hasta llegar al punto de condonaciones generalizadas prácticamente lisas y llanas, sin una visión de política pública y que sí causan un quebranto en las finanzas públicas, además de que desequilibran la carga fiscal de la sociedad en detrimento de los contribuyentes cumplidos”.
OJO: LLAMO SU ATENCIÓN SOBRE la expresión “la finalidad de ofrecer al contribuyente tales facilidades fiscales se ha ido distorsionando hasta llegar al punto de condonaciones generalizadas prácticamente lisas y llanas, sin una visión de política pública” es la parte medular, porque esa distorsión significó la posibilidad de afectación a las finanzas públicas, porque el tamaño de esas condonaciones entre los años 2006 y 2018 fue de aproximadamente 413 mil millones de pesos, que hoy en día pueden representar alrededor del cinco por ciento del gasto público de este país, es decir, el gasto contemplado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2023.
ENTRE 2006 Y 2012 SE condonaron 165 mil millones y de 2012 a 2018 cerca de 248 mil. Para darnos una idea, se condonó en 12 años el monto similar a lo que hoy día representa casi siete veces el presupuesto anual de San Luis Potosí, once veces el de Zacatecas o 1.2 veces el presupuesto del programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores. Los números son elocuentes.
COMO SEA, LA CONDONACIÓN quedó atrás. Eso representa una medida que incomoda a muchos, pero el beneficio nacional es mayor. Ese piso parejo para que todos paguemos lo que nos corresponde ha traído consigo varias repercusiones, entre ellas, que los ingresos tributarios de este país tengan una tendencia positiva y sólida.
EN SU CONFERENCIA DE PRENSA matutina del pasado 2 de agosto, el presidente Andrés Manuel López Obrador mostró una gráfica con datos muy interesantes (los cuales se pueden consultar en el Informe Tributario y de Gestión que da a conocer el Servicio de Administración Tributaria): para finales del mes de julio de 2023, los ingresos tributarios del gobierno federal eran por el orden de los 2.6 billones de pesos, comparados con los 2.3 billones del año 2022, lo que da una diferencia de casi 300 mil millones de pesos entre un ejercicio fiscal y otro, que representan un crecimiento de 6 por ciento en términos reales. Esto se puede interpretar como que, gracias a la no condonación y a la fiscalización, los ingresos tributarios arrojan resultados positivos.
AHÍ, EL PRESIDENTE FELICITÓ EL trabajo que el personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) realiza para eficientar la recaudación tributaria y lograr la meta. Estamos hablando de cerca de 26 mil trabajadores del organismo desconcentrado que, a lo largo y ancho del país, trabaja para tal propósito. Desplegados en las más de 55 oficinas desconcentradas del país, más de 100 módulos de servicios tributarios y en las oficinas centrales, los trabajadores de servicios al contribuyente, recaudación, auditoría fiscal federal, jurídico, grandes contribuyentes, planeación, recursos y servicios, tecnologías de la información, evaluación, auditoría de comercio exterior y jefatura, aportan su trabajo como señala su eslogan institucional: “Contribuimos para transformar”. Porque los ingresos tributarios en este país representan más del cincuenta por ciento del gasto público. De eso hablaremos en próxima entrega.
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