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Rechaza Corte limitar fuero militar a delitos en cuarteles

Agencia Reforma | 27/03/2023 | 15:06

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó hoy una propuesta para acotar el fuero de guerra a los delitos cometidos por soldados y marinos en los cuarteles e instalaciones militares.
 
 La propuesta, desechada por ocho votos contra tres, también establecía que los jueces militares no pueden ser vistos como autónomos e independientes, pues forman parte del Poder Ejecutivo y de la jerarquía castrense, por lo que todas sus actuaciones que pudieran afectar a civiles, tendrían que pasar por control de un juez civil.
 
 El Pleno de la Corte discutió, por segunda sesión, una acción de inconstitucionalidad pendiente desde 2016, que impugna múltiples cambios a los códigos de Justicia Militar y Militar de Procedimientos Penales.
 
 El 14 de marzo, la Corte ya había rechazado una propuesta del Ministro Luis María Aguilar para aclarar que todo citatorio o requerimiento de jueces y fiscales militares a civiles para colaborar en sus procesos, debía pasar por jueces civiles.
 
 En esa versión del proyecto, se alegaba una violación al articulo 13 de la Constitución, que establece el fuero de guerra y los tribunales militares para delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas.
 
 Aguilar presentó hoy una nueva versión, ahora sosteniendo violaciones a los artículos 16 y 129 de la Constitución, el primero por la falta de autonomía de los jueces militares, y el segundo, porque ordena que "en tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer mas funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar".
 
 "Cuando el delito se cometa fuera de los cuarteles en tiempos de paz, opera la presunción iuris tantum (salvo prueba en contrario) de que debe ser juzgado bajo el fuero civil, por no guardar exacta conexión con la disciplina militar", se proponía.
 
Con ello, se agregaba un nuevo limite a los que ya existen sobre el fuero de guerra, entre ellos, que no puede estar involucrado algún civil en el delito, ya sea como victima o cómplice, para que lo procesen dichos tribunales.
 
 En la mayoría, el Ministro Arturo Zaldívar advirtió que esta propuesta seria equivalente a desaparecer la jurisdicción militar, lo que califico de "extraordinariamente grave".
 
 Jorge Pardo enfatizó que los militares tienen funciones asignadas Constitucionalmente, entre ellas la de auxilio a la seguridad publica hasta 2028, que entran en conflicto con la idea de que solo delitos cometidos en los cuarteles califican como del fuero castrense.
 
 Alfredo Gutiérrez y Juan Luis González Alcántara fueron los únicos que votaron en favor de mantener el parámetro propuesto por Aguilar, pero ambos con matices y reservas.
 
 El Pleno acordó que, una vez desechado este parámetro preliminar, estudiara mañana, articulo por artículo, los aspectos impugnados de ambos códigos.
 
 Las intervenciones hasta ahora permiten prever que podría haber mayorías de ocho votos para invalidar en los siguientes temas:
 
Órdenes de cateo e intervención de comunicaciones privadas de civiles, giradas directamente por jueces militares, y clasificación como confidencial de toda la información recabada en carpetas de investigación a cargo de fiscales militares, lo que impide por tiempo indefinido el acceso público a esos datos.
Cómo votaron 
Por nuevas restricciones a fuero militar
 
 Luis María Aguilar
 Juan Luis González Alcántara*
 Alfredo Gutiérrez*
 
 En contra
 
 Norma Piña
 Arturo Zaldívar
 Jorge Pardo
 Loretta Ortiz
 Margarita Ríos-Farjat
 Alberto Pérez Dayan
 Javier Láynez
 Yasmín Esquivel
 
 *Con matices sobre propuesta de Aguilar