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A pesar de la Ley Olimpia, mujeres prefieren acuerdo reparatorio

Excelsior | 26/09/2022 | 08:06

A más de dos años y medio de que entrara en vigor la Ley Olimpia en la Ciudad de México, se han registrado dos sentencias por el delito de violación a la intimidad sexual.
 
Ambas penas fueron en contra de imputados del sexo masculino y los dos se apegaron a un procedimiento abreviado, es decir que los dos aceptaron su responsabilidad en los hechos que se les imputó. Uno fue sentenciado a 12 meses de cárcel en 2021 y el otro a 1 mes en 2022, según una solicitud de información que realizó el medio de comunicación Excélsior
 
La Ley Olimpia es la denominación que adquiere un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia o violencia digital.
 
Se conoce de esta manera gracias a su impulsora, la activista Olimpia Corral Melo, quien después de ser víctima de la difusión de un video íntimo sin su consentimiento (en 2013), se ha dedicado a promover proyectos que reglan la violencia digital en los congresos estatales.
 
Fue en enero de 2021 cuando la Ley Olimpia entró en vigor en la Ciudad de México, y desde entonces, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México ha logrado la vinculación a proceso de los imputados en 3 de cada 10 casos.
 
En total se han iniciado 152 carpetas de investigación de enero de 2020 al 30 junio pasado; 40 en los primeros seis meses del año en curo; 80 un año antes y 32 durante 2020.
 
En 2022 se registraron nueve vinculaciones a proceso, un año antes 26 y en 2020 fueron 16, de acuerdo a la solicitud de información FGJCDMX/CGIDGAV/ EUT01081/2022-07.
 
Según Ilse Molina, abogada del despacho Pérez Rivera, Salas & Peña, la gran mayoría de las víctimas de dicho ilícito prefieren llegar a un acuerdo reparatorio con el imputado a llevar un proceso por cómo son revictimizadas durante el procedimiento penal.
 
"Las víctimas prefieren llegar a un acuerdo, antes de que lo más importante, que no se difunda".
 
Pero además como una medida de reparación que puedan recibir ayuda psicológica o que puedan estar seguras de que no va a ser difundido este contenido que es íntimo y sexualmente que es una vulneración a sus derechos”, dijo.
 
"Muchas veces las víctimas no se quieren enfrentar al monstruo que es el mismo Sistema penal, (...)que son ellas mismas las que tiene que proveer las pruebas, también son ellas las que tienen que presionar a las autoridades para que haya un avance en su caso y normalmente tarda muchísimo el proceso”, indicó.
 
El despacho Pérez Rivera actualmente representa a una mujer que se percató que su pareja la había grabado sin su consentimiento teniendo relaciones sexuales.
 
La licenciada en Derecho, Alexandrina Mendoza, colega de Molina, aseguró que su asesorada también optó por un acuerdo reparatorio con el objetivo de que los videos no sean difundidos.
 
"Ella lo que quiere realmente es que el video no se vaya a difundir, como tener la seguridad de que, una de que ya borró los videos completamente y que esos videos por ninguna circunstancia ya sea de él o de algún externo los vaya a difundir, es lo que a ella más le preocupa”, reveló.
 
Ambas abogadas concordaron en que existen áreas de oportunidad para realizar reformas y regularizar las normas para evitar la revictimización y vulneración de las personas que sean víctimas de este delito.