Viernes 19 de Abril de 2024 | San Luis Potosí, S.L.P.

Se quedó vestido y alborotado el suplente

Filiberto Juárez Córdoba | 26/05/2022 | 11:06

Justicia a los asesinados, protección a los amenazados, garantías a todos los periodistas. No es politiquería, que cesen señalamientos y descalificaciones desde el poder y desde donde sea, respeto a la libertad de expresión y tolerancia a la crítica.

 

AHORA RESULTA que los patos le tiran a las escopetas. Un valiente militar fogueado en mil batallas, convertido en jefe policiaco, al grito de mi dedito, mi dedito, se quejó del exceso de fuerza de unos manifestantes y anunció que los va a demandar por el terrible daño que le causaron al testerearle la mano en los tironeos para impedirles el paso. Días después, ante la insistencia reporteril para que diera unas declaraciones sobre una acción en que participaba, molesto los empujó y anunció que los acusaría por el grave delito de acoso periodístico. Malo que los periodistas sean así, no dejan que el jefe trabaje tranquilamente y obligan a los elementos que trae de escolta a hacer esfuerzos extraordinarios. El teniente coronel en retiro, José Luis Urban Ocampo, siempre ha tenido una actuación polémica y con pinceladas gruesas de escándalo pero últimamente como que se excedió con sus desplantes. Como estarán las cosas que el secretario general de gobierno, Guadalupe Torres Sánchez, aseguró que en el gobierno del estado no se va a avalar ningún acto irresponsable o violento en contra de activistas o medios de comunicación. Que el jefe de la policía estatal, debe mostrar coraje para combatir a los delincuentes, no para confrontarse con los reporteros. Buena postura la del secretario, hay que esperar que, Urban Ocampo, entienda el mensaje. 

 

EL DIPUTADO QUE NO concurra a tres sesiones plenarias consecutivas, o acumule diez faltas en el periodo de un año sin previa licencia del Congreso o sin causa justificada a juicio de la Directiva, cesará en el desempeño de su cargo. En ese caso será llamado, desde luego, su suplente, quien tendrá derecho a percibir las dietas correspondientes. Se sancionará con amonestación pública a los diputados que tengan el mismo número de faltas injustificadas a que se refiere el párrafo anterior, tratándose de las reuniones formales de las comisiones del Congreso a las que hayan sido citados oportunamente conforme al Reglamento. 

 

Se entiende por causa justificada: I. La incapacidad por enfermedad; II. La asistencia a eventos en que se represente al Congreso del Estado, y III. El cumplimiento de alguna función encomendada por los órganos de decisión, dirección, o trabajo parlamentario del Congreso. El aviso de inasistencia deberá presentarse por escrito, previamente a la sesión o reunión a la que se falte, exponiendo el motivo de la misma a la Directiva, quien deberá calificarla y conceder o no la licencia respectiva. La ausencia sin previo aviso sólo se tendrá por justificada cuando, por incomunicación, caso fortuito o fuerza mayor, la imposibilidad de asistir a la sesión o a la reunión haya sido manifiesta. Todo lo anterior, y algo más, dice el  Artículo 52 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis potosí.

 

LO MENCIONAMOS para que los que sean diputados tomen nota y luego no digan que pueden faltar cuantas veces quieran. Como el diputado Edgar Alejandro Anaya Escobedo, que fue señalado por tener 6 faltas al hilo y, aunque justificó 3, se puso en los supuestos del referido artículo y de otros del Reglamento Interior del Congreso del Estado y de la mismita Constitución local. Dicen que de la destitución, Anaya Escobedo, se salvó por un pelito, pues ya habló con el diputado José Luis Fernández, presidente de la Junta de Coordinación Política y jefe de la bancada mayoritaria, y se justificó que por esta vez siguiera en su cargo. Legalmente la pudo librar porque el artículo dice claramente: “sin causa justificada a juicio de la Directiva”. Poniéndose entonces de acuerdo los diputados, a su juicio, pueden decir que sí estuvieron justificadas las ausencias. Además, si también dice la ley que “Se entiende por causa justificada: I. La incapacidad por enfermedad… el diputado tiene cuestiones de salud que invocar para justificarse, una directa y otra indirecta. 

 

Esta última, por cierto, es la que primero esgrimió, su esposa tiene un embarazo de alto riesgo, lo que lo obliga a estar al pendiente de ella. La directa es que tenía problemas con la dentadura y le extrajeron las muelas del juicio, teniendo que guardar reposo después de eso por 2 o 3 días. Si bien es cierto, que “La ausencia sin previo aviso sólo se tendrá por justificada cuando, por incomunicación, caso fortuito o fuerza mayor, la imposibilidad de asistir a la sesión o a la reunión haya sido manifiesta”, la fuerza mayor y hasta la incomunicación está demostrada cuando se tiene que estar al pendiente de la esposa en ese tipo de circunstancias. A ver cómo le va si no lo hace. 

 

El caso es que el diputado ya se comprometió a no faltar y su suplente se quedó vestido y alborotado. Lo que se está discutiendo ahora es si lo de la extracción de las muelas del juicio cuenta como justificante y si vale la pena sacárselas para conservar la dieta legislativa. NOSOTROS 

 

DECIMOS:

Que le den el beneficio,

Pero según las secuelas

Le sacaron las puras muelas,

¡Jamás le hallaron el juicio! 

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