El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó tres herramientas digitales que ayudan y facilitan la declaración anual de impuestos de las personas físicas.
Los contribuyentes tienen del 1 al 30 de abril para presentar, en tiempo y forma, dicho requerimiento; sin incurrir en muchas, recargos y actualizaciones.
Indicó que, para preparar su declaración anual, las personas físicas tienen a sus disposición las siguientes herramientas:
1. SAT AID
A través del micrositio satid.sat.gob.mx, los interesados pueden generar o renovar la Contraseña y renovar la firma electrónica (e.firma) en caso de tener fecha de vencimiento menor a un año, sin salir de casa o desde cualquier dispositivo con acceso a internet.
El uso de la Contraseña es importante para realizar la declaración anual, ya que autentica la identidad del contribuyente y le ayuda a ingresar al sistema; también es necesaria para obtener la devolución en caso de tener saldo a favor.
2. Visor de nómina
Las personas físicas, que reciban ingresos por salarios, pueden verificar sus recibos a través del Visor de nómina para el trabajador:
Las personas obligadas a presentar la declaración anual son aquellas que pertenecen a los siguientes regímenes:
Servicios profesionales (honorarios).
Actividades empresariales
Plataformas tecnológicas
Arrendamiento
Intereses
Dividendos
Enajenación de bienes
Adquisición de bienes
El SAT destacó que también deben presentar su declaración anual las personas físicas que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores; o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad.
De igual forma están obligadas a declarar aquellos contribuyentes que además de obtener ingresos por salarios, reciben ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.
3. Simulador para la declaración anual
Puntos a considerar
El SAT apuntó que los contribuyentes deben saber que:
Las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración y corresponden a los gastos realizados el año pasado por los contribuyentes; siempre y cuando hayan solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.
Algunas de ellas son: honorarios médicos, dentales, de psicólogos y nutriólogos, seguro de gastos médicos, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación y colegiaturas, entre otras.
Las personas físicas que obtienen ingresos por salarios de un empleador no están obligadas a presentar la declaración anual; sin embargo, si tienen deducciones personales que pueden resultar en un saldo a favor, pueden presentarla a más tardar el 31 de julio para obtener su devolución en forma automática.