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Congreso aprueba licencias de conducir gratuitas

Jorge Torres | Plano Informativo | 14/10/2021 | 11:59

San Luis Potosí, SLP.- El Pleno del Congreso del Estado aprobó por mayoría de 26 votos a favor y uno en contra, la iniciativa con proyecto de reforma a la Ley de Hacienda del Estado San Luis Potosí, y derogación parcial a la Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí, para el Ejercicio Fiscal 2021; presentada por el Gobernador del Estado, Ricardo Gallardo Cardona, para la gratuidad de las licencias de conducir en San Luis Potosí; esto después de un amplio debate en donde varios legisladores de diferentes partidos externaron sus consideraciones al respecto.

A pesar de que el diputado, Juan Francisco Aguilar Hernández, solicitó que se bajará el dictamen para que el Secretario de Finanzas explicará cómo se supliría la falta de recursos por dejar de cobrar las licencias. 

El diputado Roberto Ulises Mendoza Padrón, presidente de la Comisión de Hacienda, argumentó que en el dictamen aprobado por la Comisión, el Gobernador del Estado manifiesta que esta iniciativa no implica un impacto presupuestario negativo para el Estado, por el contrario, incentiva y apoya a las familias potosinas, por ello, su gobierno planteara y aplicará las medidas de planeación y disciplina financiera para contar con finanzas públicas equilibradas y ordenadas, sin que el gasto publico sufra afectaciones.

Con esta aprobación ahora las licencias requeridas por personas con residencia acreditada en el Estado serán gratuitas para automovilista, chofer de servicio particular, chofer de servicio público y conductor de motocicleta o motoneta; la vigencia de las licencias para conducir vehículos otorgadas a los automovilistas, choferes del servicio particular y conductores de motocicletas y motonetas con residencia acreditada en el Estado, será de carácter permanente conforme a lineamientos que emita la Secretaría de Finanzas.

Licencias requeridas por personas que no residen en el Estado si tendrán un costo en Unidades de Medida de Actualización (umas), para automovilista con vigencia de un año 6.35 umas por cada año subsecuente, hasta cuatro años 3.51 umas; chofer de servicio particular:, vigencia un año 6.85 umas, por cada año subsecuente, hasta cuatro años 4.02 umas; conductor de motocicleta o motoneta, con vigencia de un año 5.34 umas, por cada año subsecuente, hasta cuatro años 2.51 umas.

Cuando se trate de reposición de licencias o permisos a que se refiere este artículo, se deberá pagar 12 veces el valor de la UMA vigente, y se exentará del pago de la reposición de la licencia permanente en los siguientes casos: La persona que acredite el robo de la misma con la denuncia ratificada correspondiente ante la Fiscalía General del Estado, y la pérdida ocasionada por desastres naturales, estos siempre y cuando hayan sido emitidos por la autoridad mediante la declaratoria de desastres naturales correspondiente.

En los transitorios se señala que este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis", además se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto en este decreto.