San Luis Potosí, SLP.- El pasado 30 de agosto, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió la declaratoria de pérdida del registro de los Partidos Políticos Nacionales Encuentro Solidario, Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México, aunque en el caso de San Luis Potosí Redes Sociales Progresistas alcanzó la votación requerida para mantener su registro a nivel estatal, por lo cual podrá solicitar su registro como partido político local.
Ahora, el artículo 97 de la Ley General de Partidos Políticos señala que una vez que la Junta General Ejecutiva emita la declaratoria de pérdida de registro legal, o que el Consejo General, en uso de sus facultades, haya declarado y publicado en el Diario Oficial de la Federación su resolución sobre la cancelación del registro legal de un partido político nacional, el interventor designado deberá:
Emitir aviso de liquidación del partido político de que se trate, mismo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, tratándose de un partido político nacional, o en la gaceta o periódico oficial de la entidad federativa, tratándose de un partido político local, para los efectos legales procedentes; determinar las obligaciones laborales, fiscales y con proveedores o acreedores, a cargo del partido político en liquidación; determinar el monto de recursos o valor de los bienes susceptibles de ser utilizados para el cumplimiento de las obligaciones.
Ordenar lo necesario para cubrir las obligaciones que la ley determina en protección y beneficio de los trabajadores del partido político en liquidación. Realizado lo anterior, deberán cubrirse las obligaciones fiscales que correspondan; si quedasen recursos disponibles, se atenderán otras obligaciones contraídas y debidamente documentadas con proveedores y acreedores del partido político en liquidación, aplicando en lo conducente las leyes en esta materia.
Formular un informe de lo actuado que contendrá el balance de bienes y recursos remanentes después de establecer las previsiones necesarias a los fines antes indicados; el informe será sometido a la aprobación de la autoridad electoral. Una vez aprobado el informe con el balance de liquidación del partido de que se trate, el interventor ordenará lo necesario a fin de cubrir las obligaciones determinadas, en el orden de prelación antes señalado.
Finalmente, si realizado lo anterior quedasen bienes o recursos remanentes, los mismos serán adjudicados íntegramente a la Tesorería de la Federación tratándose de un partido político nacional, o a la tesorería de la entidad federativa correspondiente tratándose de un partido político local.