Domingo 2 de Junio de 2024 | San Luis Potosí, S.L.P.
local

Tribunal electoral declara inelegible a regidora panista

Jorge Torres | Plano Informativo | 23/07/2021 | 16:56

San Luis Potosí, SLP.- El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) determinó la inelegibilidad de María Eugenia Castro Anguiano, para la segunda regiduría plurinominal por el Partido Acción Nacional (PAN) en el Ayuntamiento de San Luis Potosí, esto debido a que la carta de residencia presentada para la elección en Capital no es válida, por lo que el Tribunal ordenó al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) modifique el acuerdo del 13 de junio pasado, y se tome a Castro Anguiano como inelegible para ser regidora. 
 
Esta decisión se desprende del Juicio de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TESLP/JDC/133/2021 promovido por Scanda Guadalupe Aranda Escalante, contra la asignación del Ceepac en la regiduría plurinominal del PAN para el Ayuntamiento de la Capital, por contravenir el Artículo 15 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, ya que Castro Anguiano se inscribió al mismo tiempo para una regiduría de mayoría en el Ayuntamiento de Rioverde, de donde es originaria, acreditando tener una residencia de 25 años, y otra para la Capital con residencia de tres años. 
 
El TEESLP señala que Castro Anguiano solicitó formar parte de las planillas de Rioverde y San Luis Potosí, y anexa toda la documentación correspondiente, inclusive las cartas de residencia! por lo que hace la carta de residencia al municipio de Rioverde ella, bajo protesta decir verdad en la misma documentación interna del PAN, dice que tiene más de 25 años residiendo en ese municipio y confrontado con los 26 años de edad que tiene resulta imposible que haya residido también en la Capital. 
 
Cabe estacar que el Tribunal no fue al fondo en el sentido de si esta persona falseó documentos, ya que eso corresponde a la Fiscalía General del Estado el determinar eso, pero sí se encontraron serias irregularidades que desvirtúan los documentos con los que ella pretendía acreditar el requisito de elegibilidad, ante esta serie de discrepancias en los documentos es por lo que el Tribunal concluyó que no cumple con el requisito de elegibilidad.