Martes 7 de Mayo de 2024 | San Luis Potosí, S.L.P.

Los riesgos por la legitimación de contratos colectivos

Emilia Monreal | 12/07/2021 | 10:39

A TRAVÉS DEL NUEVO T-MEC, Estados Unidos busca que haya un suelo más parejo, tanto en costos como en condiciones laborales, entre los tres países firmantes, y el capítulo 23 del acuerdo apunta en esta dirección. El anexo 23 A pide incluir en la legislación laboral disposiciones que garanticen el derecho de los trabajadores a participar en la negociación colectiva y a organizar, formar y unirse al sindicato de su elección sin la interferencia de las empresas.
 
EN UNA PUBLICACIÓN DE Expansión, del 12 de mayo del presente año, explica claramente lo que está pasando con el conflicto laboral en GM de Silao, y en la que especifica que México realizó una reforma laboral para cumplir con las nuevas reglas dispuestas en el T-MEC. Estas modificaciones entraron en vigor en mayo de 2019 y desde entonces, los sindicatos cuentan con un periodo de cuatro años para legitimar su contrato colectivo de trabajo existente. Deben demostrar que el sindicato o el líder sindical que los representará por los siguientes dos años, fue electo por una mayoría.
 
Y ES QUE GM DE SILAO ESTÁ EN el ojo del huracán, luego que al Congreso de Estados Unidos llegó una inconformidad porque supuestamente había violaciones a los derechos de los colaboradores de la fábrica para elegir libremente a sus líderes sindicales, acusaciones que fueron atendidas por la representante comercial de Estados Unidos, Katherine Taia, quien solicitó a México que examine las presuntas violaciones de derechos laborales, durante una votación sobre un contrato sindical en abril en la fábrica, de acuerdo a lo expuesto por Expansión.
 
CON ESTE ANTECEDENTE, AQUÍ en San Luis Potosí se ha iniciado este proceso de legitimación de contratos colectivos, pero el antecedente de esta armadora automotriz pone en alerta no sólo al sector empresarial, sino también a los sindicatos que deben cumplir con este proceso de acuerdo a la ley, antes del 2 de mayo de 2023, cuyo proceso privilegia el derecho de las y los trabajadores a votar en un ambiente seguro, de manera personal, libre, secreta y directa sobre cualquier otro formalismo, sin afectar los fines de los procedimientos de democracia sindical.
 
EN LA ENTIDAD POTOSINA LA mayor parte de los contratos colectivos los tienen las centrales obreras como la CTM y la CROM, sin embargo si desde hace 15 años se mantiene una estabilidad laboral, es un baluarte que debe privilegiarse para seguir siendo atractivos para las inversiones, por lo que todo este proceso de legitimación de contratos colectivos debe seguirse conforme a la ley, sin intimidaciones y cada trabajador debe estar consciente de lo que realmente les conviene, de mantener sus fuentes de empleo y las inversiones, principalmente aquellas que son extranjeras y relacionadas al sector automotriz.
 
A NADIE, DE VERDAD, CONVIENE que se repita una situación similar a la de GM de Silao, porque si en verdad nos ha costado mantener una estabilidad y paz laboral a nivel nacional y estatal para la atracción de inversiones, porque el riesgo es latente de que algunas de estas inversiones decidan retornar a sus países de origen, porque en verdad los inversionistas han "toreado" al gobierno federal para instalarse en México, y en el caso del sector de energías limpias y renovables, tuvieron que promover amparos para seguir con sus proyectos en nuestro país.
 
AUNQUE SI BIEN ES CIERTO QUE hay ciertos sindicatos o incluso, personas interesadas en generar una inestabilidad laboral, por lo que nadie de los sindicalizados de cualquier organización merece vivir en una inestabilidad, en la incertidumbre, y cada quien es libre de decidir si se mantiene el contrato colectivo con la organización sindical a la que pertenecen, y como bien dicen, "más vale viejo conocido que nuevo por conocer".
 
@emiliamonreal