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Gasolineros exigen aplicar la ley

Emilia Monreal | Plano Informativo | 07/04/2021 | 19:42

San Luis Potosí, SLP.- La Organización Nacional de Expendedores de Petróleo (Onexpo), como representantes del sector empresarial que realiza actividades de almacenamiento, comercialización, distribución y expendio de gasolinas y diesel en las 32 entidades del país, apoyará las acciones que tengan por objeto fortalecer el Estado de Derecho y el combate a la impunidad, hasta superar las fuertes distorsiones que crean las prácticas ilegales y/o delictivas en la importación y comercialización de combustibles.
 
A través de un comunicado de prensa, aseguraron que no defenderán a quienes realizan acciones contrarias a la ley y a las mejores prácticas operativas y comerciales.
 
"Nos pronunciamos porque se cumplan los criterios de legalidad, objetividad, gradualidad, transparencia, certeza jurídica y proporcionalidad en las sanciones, conforme a las leyes en vigor y en estricto apego al estado de Derecho".
 
Lo anterior es en relación a la iniciativa de reforma a la Ley de Hidrocarburos presentada por el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión, con las siguientes observaciones y consideraciones: como el combatir el grave problema del llamado “huachicol fiscal” en el que se requiere la aplicación efectiva por parte del Estado, limita las inversiones en proceso y afecta compromisos ya contraídos sobre la participación de las empresas privadas en el sector de los hidrocarburos líquidos, inhibe abiertamente la competencia y atenta de ese modo contra la certeza jurídica, al incorporar requisitos poco claros y de alta subjetividad para la aplicación de la suspensión y revocación de permisos, otorgando una amplia discrecionalidad a la SENER y a la CRE en la comprensión y ejecución de los mecanismos de revocación y caducidad, con lo que Pemex está impulsando la formación de un mercado monopólico.
 
Además establece la negativa ficta para el trámite de los permisos, con lo que la autoridad podrá negarlos sin necesidad de responder, justificar o explicar al solicitante las razones del no otorgamiento y la iniciativa distorsiona la figura administrativa del permiso, pues lo convierte en un instrumento de política pública que induce el control de la balanza energética.
 
El proyecto de reforma en su artículo cuarto transitorio, establece textualmente: “... la autoridad competente procederá a la revocación de aquellos permisos que, a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, incumplan con el requisito de almacenamiento determinado por la Secretaría de Energía conforme a las disposiciones jurídicas aplicables...”. En caso de que se aprobara dicho texto, se violentaron garantías de legalidad, certeza jurídica, debido proceso y acceso a la justicia que caracterizan al estado de Derecho y harían nugatorios los derechos adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de esa nueva disposición, en franca contradicción con lo establecido por el artículo 14 Constitucional.
 
Con respecto del establecimiento de la negativa ficta en el procedimiento administrativo de cesión de los permisos de las actividades reguladas por la Ley de Hidrocarburos, se propone que la Secretaría de Energía (SENER) o la Comisión Reguladora de Energía (CRE), en el ámbito de sus atribuciones, resuelva la solicitud de cesión de permisos en el plazo de noventa días naturales contados a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud, y -en caso de no emitirse una resolución por parte de la autoridad respectiva- se entenderá que está ha sido negada.
 
Y la suspensión de permisos por motivo del “peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional”, la propuesta faculta a la autoridad para llevar a cabo la suspensión de manera temporal o definitiva cuando se prevea cualquiera de las tres causales, lo que resulta en una definición totalmente subjetiva y de discrecionalidad ilimitada de parte de quien ejerza tales atribuciones con base en su parecer.
 
Finalmente, exponen que la revocación de permisos pasa por alto que no sólo existen conductas dolosas al respecto, sino que ocasionalmente se presentan alteraciones involuntarias y no dolosas que pueden modificar el funcionamiento de algunos equipos. La Norma Oficial Mexicana NOM- 005-SCFI-2017 determina el cumplimiento de los instrumentos de medición que realizan el despacho del producto, así como su evaluación y vigilancia.
 
Los empresarios de Onexpo piden un mercado de gasolinas y diesel debe operar bajo disposiciones claras, y en beneficio de los consumidores finales, "por lo tanto nos pronunciamos a favor del respeto y fomento a las condiciones de competencia y transparencia en la comercialización de gasolinas y diesel en nuestro país, para que se cumplan los criterios de legalidad, objetividad, gradualidad, transparencia, certeza jurídica y proporcionalidad en la aplicación de las leyes en vigor y en estricto apego al estado de Derecho".