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¿El banco te hostiga para cobrarte?; puedes defenderte si no acata los lineamientos

Reforma | 27/11/2020 | 22:19

¿Tienes una deuda, y el despacho de cobranza te está atormentando?  Si bien es legal que las instituciones bancarias contraten los servicios de estos intermediarios con el deudor, para requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, negociar y reestructurar los créditos, hay lineamientos que deben cumplir al comunicarse contigo. Si no los acatan, también puedes defenderte.
 
Lo primero que debes saber es que tu banco está obligado a tener a tu disposición todos los datos de los despachos de cobranza que utiliza, para que si se comunican contigo, puedas identificarlos y descartar un intento de fraude.
 
Cuando estos te llamen, deben de hacerlo con el número dado de alta en el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco) de la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
 
Primer contacto  
En el primer contacto, deben identificarse, explicarte la institución a nombre de la que hablan, el monto del adeudo, el motivo de la cobranza, y las condiciones para liquidarlos, destacó José Antonio Mejía, Titular de la Unidad de Atención de Usuarios de la Condusef en Jalisco.
 
"El despacho debe de identificarse plenamente, decir somos del despacho tal, soy fulanito de tal, tenemos tales domicilio y número telefónico, para que ellos puedan verificar que efectivamente es un despacho de cobranza autorizado por la institución", detalló.
 
¿Qué no puede hacer un despacho de cobranza?  
Un despacho de cobranza no puede llamarte a deshoras; el horario permitido es de las 7 de la mañana a las 10 de la noche. No pueden ponerse a negociar con tu familia, especialmente niños o adultos mayores, ni marcarle a tus referencias, a excepción de avales y deudores solidarios.
 
Tampoco pueden amenazarte, intimidarte u ofenderte, ni enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional.
 
Si te dicen que te meterán a la cárcel o te van a embargar, cuidado; nadie puede ser encarcelado por una deuda de carácter civil con una institución crediticia y no pueden embargarte a menos que sea ordenado por un juez.
 
Y no, no pueden tener "listas negras" o cartelones que anuncien al mundo tu deuda, aunque sí es verdad que la huella se quedará en el Buró de Crédito.
 
Acuerdos, siempre por escrito  
 
Cualquier acuerdo que te ofrezcan debe quedar por escrito. Además, deben dejar claro que ellos no pueden recibir pagos; son directamente con el banco. "Ellos deben documentar por escrito el acuerdo o negociación que realizaron, ubicando los términos y condiciones (...) y cuáles son los compromisos que asumen ambas partes", explicó.
 
Si violan cualquiera de estas disposiciones, puedes defenderte presentando una queja en la página del Redeco de la Condusef. Deberás identificar a la entidad financiera con la que tienes el préstamo y el despacho de cobranza que te contactó.
 
"Si algunos de los despachos no está cumpliendo con lo que tienen obligación de cumplir, en la página de Redeco ellos pueden decir que les están llamando a deshoras o que los están amenazando y bueno ya nosotros tomaríamos medidas, se multaría al despacho que esté incurriendo en una práctica no aceptable", explicó. 
 
Agregó que es importante que si tienen pruebas, como el registro telefónico, se presenten. Relató que en cuanto reciben la queja, se contactan con el despacho para que corrija esas prácticas, y si corresponde, imponerle una sanción.
 
Más de dos mil despachos de cobranza en México  
La Condusef tiene identificados 2 mil 653 despachos de cobranza en el país, de los cuales, 475 trabajan con instituciones de banca múltiple.
 
Entre enero y agosto del 2020 ha recibido 18 mil 033 quejas en su contra, una reducción del 17 por ciento con respecto al mismo periodo del 2019, que Mejía atribuyó en parte a la disminución de las reclamaciones presentadas en físico por la pandemia, y a que los deudores están mejor capacitados y ya no permiten fácilmente abusos.