Servidores públicos deben abstenerse de asistir a mítines en días públicos
Jorge Torres | Plano Informativo | 26/11/2020 | 18:39
San Luis Potosí, SLP.- La magistrada Yolanda Pedroza Reyes presidenta del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, señaló que hay criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre la asistencia a actos proselitistas, destaca que hay una tesis que dice que los servidores públicos deben abstenerse de acudir a eventos proselitistas en días hábiles de conformidad con lo previsto en artículo 134 párrafo séptimo de la Constitución Mexicana.
Pedroza Reyes destacó que la obligación constitucional de los servidores públicos es observar el principio de imparcialidad que encuentra sustento en la necesidad de preservar condiciones de equidad en la contienda electiva, esto quiere decir que el cargo que ostentan no se utilice para afectar los procesos electorales a favor o en contra de algún candidato o partido político.
En este sentido mencionó que cuando los servidores públicos se encuentran jurídicamente obligados a hacer actividades permanentes en el desempeño del cargo público sólo podrán apartarse de estas actividades y asistir a eventos proselitistas en días que se contemplan en la legislación como días inhábiles, y en los que les corresponde ejercer el derecho constitucional a un día de descanso por haber laborado 6 días, conforme lo establece el artículo 123 apartado B, fracción segunda de la Constitución Mexicana.
Para concluir mencionó que la Ley de Servidores Públicos y la Ley de Trabajadores al Servicio de las Instituciones del Estado, marcan cuáles son los horarios laborales, entonces también se puede hacer una interpretación conjunta o sistemática de todo este cuerpo de leyes para determinar cuándo pueden asistir a actos proselitistas y cuando no, en el caso de que haya una impugnación se hace la interpretación sistemática y puede haber una sanción para el funcionario que estén incumpliendo con estas normas.