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Sector Salud obligado a rastrear y aislar a confirmados y sospechosos de COVID

Jorge Torres | Plano Informativo | 17/04/2020 | 11:11

San Luis Potosí, SLP.- En sesión ordinaria del Congreso del Estado aprobó por mayoría de 21 votos a favor y dos abstenciones el proyecto de decreto presentado por el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Cándido Ochoa Rojas, que adiciona un segundo párrafo al artículo 114 de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, para que la autoridad sanitaria tenga la obligación de rastrear, encontrar y aislar a cualquier persona sospechosa o confirmada, de ser portadora de un padecimiento contagioso.
 
El aislamiento irá acompañado de atención médica, lo realizará en el lugar que determine y por el plazo que considere; para el éxito del aislamiento, se auxiliará de la autoridad de Seguridad Pública de cualquiera de los tres niveles de gobierno. El aislamiento ordenado por la autoridad sanitaria impide a la persona de que se trate, a moverse del lugar determinado.
 
Debido a la contingencia sanitaria por el COVID-19 las y los legisladores aprobaron por mayoría de 22 votos a favor y un abstención que se dispensaran los trámites de la iniciativa; así paso directamente a discusión en donde la diputada, Sonia Mendoza Díaz, preciso que existen  Consejo Nacional y Estatal de Salud los cuales ya prevén este tipo de situaciones, por lo que solo cuestionó si esta iniciativa solo venía a engrosar algo que ya está estipulado.
 
En este sentido, Ochoa Rojas explicó que esta iniciativa surgió debido que se tuvo conocimiento de una persona contagiada de COVID-19 que no quiso acudir a las autoridades de salud ni quiso tomar las medidas de salubridad correspondientes; la autoridad sanitaria no tiene facultades para aislarla en contra de su voluntad a un personaa, ellos analizaban que no estaba previsto el delito por contagio, pero no es el caso, solo lo que se busca es dar una facultad a la Secretaría de Salud para combatir contagios.
 
Cabe destacar que este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado; asimismo se derogan las disposiciones que se opongan al presente decreto.