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SAT afila dientes contra arrendadores

Plano Informativo | 10/12/2019 | 11:18

San Luis Potosí, SLP.- La Secretaría de Hacienda estima que la tasa de evasión del ISR de ingresos por arrendamiento representa hasta el 0.1 por ciento del PIB, por ello a partir de este nueve de diciembre entró en vigor una reforma que pretende obligar a los caseros  o renteros, como mejor son conocidos, a fiscalizar sus gastos.
 
Ahora para los juicios de arrendamiento, se requerirá que el arrendador compruebe haber emitido el comprobante fiscal por los ingresos de las rentas estipuladas, en caso contrario el Juez informará de ello al SAT.
 
Previo al nueve de diciembre los  arrendadores de bienes inmuebles tenían la obligación de efectuar pagos provisionales del ISR y de emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por cada pago que reciban por el arrendamiento de inmuebles, sin embargo, el cumplimiento era mínimo.
 
Para mejorar la fiscalización Hacienda propuso la reforma al artículo 118 de la Ley del ISR fracción III:
 
  Tratándose de juicios de arrendamiento inmobiliario en los que se condene al arrendatario al pago de las rentas vencidas, la autoridad judicial requerirá al acreedor que compruebe haber emitido los comprobantes fiscales a que se refiere esta fracción. En caso de que el acreedor no acredite haber emitido dichos comprobantes, la autoridad judicial deberá informar al Servicio de Administración Tributaria la omisión mencionada en un plazo máximo de cinco días contados a partir del vencimiento del plazo que la autoridad judicial haya otorgado al acreedor para cumplir el requerimiento.
 
Hacienda argumentó: El Juez no autorizará los pagos al arrendador si este no acredita haber expedido los CFDI (facturas) respectivos”.