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Sala Monterrey del TEPJF modifica regidores de 20 municipios

Jorge Torres | Plano Informativo | 29/09/2018 | 16:16

San Luis Potosí, SLP.- La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reasignó regidores por el principio de representación proporcional por la sobre y subrepresentación, además de la paridad de género, en alrededor de 20 municipio que para la Sala Regional el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) no asignó de forma correcta, algo que no se hizo ilegalmente, pues se siguieron las leyes que marca la legislación local, pero que no concuerdan con la legislación federal en la materia, señaló Héctor Avilés Fernández, secretario ejecutivo del CEEPAC.
 
Avilés Fernández explicó que lo que ocurre en aquellos asuntos que están en revisión en el Tribunal Federal con relación a la asignación de regidores de representación proporcional son dos cosas básicamente, uno, que el Consejo es un organismo de legalidad, no tiene facultades para dejar de aplicar una ley, a diferencia del Tribunal, al que la Constitución faculta para revisar la constitucionalidad de las leyes.
 
En el caso de la asignación de regidores, por este principio, están omitiendo el artículo 422, fracción séptima, relativo a los topes de regidores que puede tener cada partido en un Cabildo, por considerar que es contrario a la Constitución.
 
Al dejar de aplicar esa fracción, cambia el procedimiento de asignación, el Tribunal estima que es contrario a la Constitución y por eso, con las facultades que tiene y basado en criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal llevó a cabo un procedimiento que arroja otros resultados.
 
"Nosotros actuamos conforme a la ley, nosotros seguimos un procedimiento que nuestra ley nos marca, y no podemos excluir un artículo en específico", dijo Avilés Fernández, quien destacó que una vez concluido el proceso se puede revisar está parte para armonizarla con los criterios del Tribunal Federal.
 
A parte del tope máximo de regidores que puede tener un partido en cada Cabildo, indicó que también las autoridades jurisdiccionales revisaron el tema de la paridad de género en la integración de los ayuntamientos, pues la ley obliga al CEEPAC a que se revise que los partidos presenten candidatos con paridad, así como la integración de las listas, lo que se cumplió.
 
"Lo que pasa que al momento de asignarlos en algún municipio varios partidos tuvieron que modificar el inicio de sus listas y en eso coincide que el Cabildo se integra más por hombres que mujeres; esto se revisó por el Tribunal y determinó también cambiar el procedimiento, pues se tenía que hacer el ajuste", concluyó.