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Negligencia de autoridades, hipótesis del caso ABC

El Universal | 01/09/2009 |


La comisión de magistrados que investiga el caso del incendio de la guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, se fijó como hipótesis a comprobar que la tragedia fue el resultado del desorden que existe en el sistema de guarderías subrogadas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en todo el país, y de la negligencia e indiferencia de las autoridades encargadas de otorgar los permisos y de supervisar el funcionamiento de las mismas.

Después de un análisis previo del caso, la comisión de magistrados logró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobara su protocolo de investigación, en el que fijaron la ruta que seguirán sus indagatorias; y en el que se contempla –en una de sus fases- que jueces federales ubicados en ciudades estratégicas del país acudan a supervisar personalmente las guarderías subrogadas de su localidad.

Los magistrados María del Refugio Mota Cienfuegos y Carlos Ronzón Sevilla elaboraron un plan de investigación que constará de seis fases que llevarán a cabo a lo largo de seis meses, debido a que la indagatoria no se concentrará únicamente en el caso ABC, en donde fallecieron 49 niños, sino en todo el sistema de guarderías subrogadas.

En el protocolo de investigación que les aprobó la Corte se establece que el objetivo general de la Comisión Investigadora consiste en recabar los elementos de juicio necesarios para que la Corte resuelva si los sucesos del cinco de junio del 2009, ocurridos en la guardería ABC, “generaron violación de las garantías individuales contenidas en los artículos 4º, en el caso de los menores que estaban inscritos en esa guardería, y 123 constitucionales en cuanto a las garantías de seguridad social en favor de sus padres y los trabajadores del establecimiento, así como la gravedad de esa eventual violación”.

“El contexto de la investigación –se agrega en dicho objetivo-, incluye el análisis y verificación del Sistema de Guarderías del Instituto Mexicano del Seguro Social en toda la República Mexicana, de modo que será parte del objeto de este trabajo, un diagnóstico de las normas jurídicas aplicables y vigentes así como la situación fáctica de un número representativo de guarderías públicas que operen con el mismo o similar esquema que la denominada ABC; es decir, que dependan del Instituto de referencia”.

Mientras que en lo particular, en el documento aprobado por la Corte, se precisa que “el objetivo medular de la investigación es que, a la luz del conocimiento de la verdad histórica de los hechos acaecidos a que arriba el Tribunal Pleno, los padres y familiares de los menores fallecidos queden plenamente satisfechos en su legítimo reclamo de que se conozca la verdad”.

Además de que se garantice que “no exista impunidad y se haga justicia; al tiempo de que se coadyuve a que la comunidad local y nacional tengan la certeza de lo que sucedió y de la legalidad, oportunidad y efectividad o no de las medidas adoptadas por las diferentes autoridades; y así restaurar en lo posible el daño causado a la sociedad en su conjunto por la desconfianza en algunas instituciones y autoridades que este lamentable evento causó”.

La Comisión también se fijó como una de sus metas el revisar, desde el punto de vista jurídico, si las autoridades del IMSS tenían atribuciones para subrogar el servicio de atención de los menores a particulares, así como determinar, en su caso, “hasta qué punto es factible que el Estado delegue en tales particulares una obligación que tiene constitucionalmente encomendada”.

La Comisión Investigadora del caso ABC se fijó como hipótesis las siguientes interrogantes:
1.- ¿Los lamentables hechos ocurridos el cinco de junio de dos mil nueve fueron el resultado o están relacionados con la existencia de un desorden generalizado en la instalación, operación y supervisión de las guarderías del Instituto Mexicano del Seguro Social que tienen un esquema similar el de la guardería ABC?
2.- ¿Ese eventual desorden obedece a omisión, negligencia, impotencia o indiferencia de las autoridades públicas en el otorgamiento, funcionamiento, vigilancia y supervisión de los convenios por virtud de los cuales operan ese tipo de guarderías y de la normatividad que rige su funcionamiento?
-Cuadro 2: Jueces van a revisar guarderías
En la tercera fase de la investigación, la Comisión elegirá un grupo muestra de guarderías en todo el país, a las que los jueces federales de la localidad acudirán con un doble objetivo:
A.- La inspección que dé cuenta del estado físico de los inmuebles, los contiguos y los aledaños, las visitas practicadas por las autoridades y su seguimiento.
B.- La emisión de una opinión jurídica en la que se concluya si la guardería de que se trata funciona o no conforme a las regulaciones jurídicas federales, estatales y municipales que las rigen.