EL UNIVERSAL | 14/03/2011 |
El documental "Presunto Culpable" podrá seguir en cartelera siempre y cuando se protejan la imagen y los datos personales de Víctor Daniel Reyes Bravo, el testigo que impugnó la difusión de la cinta.
Así lo estableció la jueza décimo segundo de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal, Blanca Lobo Domínguez, al negar la suspensión definitiva para exhibir la película.
En su resolución, la jueza aclara que la disposición no constituye un acto de censura, sino una medida para equilibrar el derecho a la información de la sociedad y el del promovente del amparo a resguardar su identidad.
"Se estima que de suspenderse definitivamente la ejecución de la autorización reclamada a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, para exhibir el documental "Presunto Culpable", cuya existencia se acreditó durante el trámite del incidente de suspensión, se limitaría a la colectividad del derecho a la información que contiene dicho documental y que, como garantía de todo gobernado se establece en el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".
Sin embargo, aclara que la misma norma constitucional establece entre los principios y bases que deben regir el derecho a la información, la protección de la información que se refiere a la vida privada y los datos personales de los gobernados.
"En esas condiciones, atendiendo a ese buen derecho del quejoso y el peligro en la demora de su protección, la suscrita estima necesario dictar medidas cautelares para conservar la materia del juicio de amparo y evitar daños y perjuicios de imposible reparación al impetrante", afirma.
La disposición de la jueza establece también que la instancia encargada de tomar las medidas necesarias para resguardar la identidad y los datos del testigo será la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) de la Secretaría de Gobernación.
Destaca que la medida tiene como finalidad conservar la litis del juicio, pues de no adoptarla este podría quedar sin materia, pues la demanda del promovente es precisamente que no se difundan su imagen ni sus datos personales.
La resolución de la jueza Lobo Domínguez puede ser impugnada mediante una queja ante tribunales colegiados, tanto por la RTC y el demandante como por los productores de la cinta, los exhibidores y el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).