Iniciativa en el Congreso plantea reglas claras sobre habitabilidad y pago de servicios en rentas
La iniciativa establece que son obligaciones del arrendador, el entregar al arrendatario la finca arrendada en condiciones adecuadas de habitabilidad y seguridad, con todas sus pertenencias y servicios básicos en funcionamiento, a conservar la cosa arrendada en el mismo estado, durante el arrendamiento, realizando las reparaciones necesarias de manera oportuna, salvo aquellas imputables al arrendatario.
Para atender los vacíos normativos existentes, se propone adicionar un nuevo artículo 2254 Bis, que regule expresamente la obligación del arrendatario de acreditar el pago de los servicios a su cargo, así como el procedimiento que debe seguir el arrendador para requerir dicha acreditación, incluso mediante medios electrónicos, siempre y cuando estas hayan sido pactadas previamente en el contrato que da vida a la relación arrendador – arrendatario; esto permitirá otorgar seguridad jurídica en un tema que ha generado múltiples controversias judiciales.
Asimismo, se propone actualizar el artículo 2319 a fin de incorporar nuevas causas de rescisión, como la falta de pago de servicios por un plazo determinado, el uso indebido del inmueble o la existencia de faltas graves que hagan imposible la continuación del contrato, de esta manera, se dota de mayor precisión y eficacia a uno de los mecanismos jurídicos más relevantes para la protección del arrendador ante incumplimientos contractuales.
Se indica que, al contar con reglas precisas, se fortalece la seguridad jurídica y se propicia un entorno más estable para el desarrollo del mercado de arrendamientos en beneficio de arrendadores y arrendatarios en el estado.
La iniciativa se turnó a la Comisión Segunda de Justicia, para su análisis.