Millones de trabajadores en México ahorran para su retiro sin conocer cuánto aporta su patrón, cómo consultar su saldo o cuáles son los requisitos para disponer de sus recursos. Esta guía reúne lo que debes saber sobre tu Afore en 2026.
Si alguna vez has trabajado en una empresa y has cotizado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), es muy probable que tengas dinero acumulado en una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), aunque nunca hayas realizado un trámite para abrirla.
Este ahorro forma parte de tu patrimonio y está destinado principalmente a financiar tu pensión cuando concluya tu vida laboral. Sin embargo, existen situaciones en las que puedes disponer anticipadamente de una parte de los recursos.
Las Afores son instituciones financieras encargadas de administrar e invertir el ahorro para el retiro de los trabajadores mexicanos, bajo la supervisión de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR).
Durante tu vida laboral, en tu cuenta individual se acumulan las aportaciones de tu empleador, las que te corresponden como trabajador y, cuando aplica, las del Gobierno Federal.
Ese dinero se invierte mediante fondos especializados llamados Siefores, con el propósito de generar rendimientos a largo plazo. Su valor puede aumentar o disminuir dependiendo del comportamiento de las inversiones.
Tu cuenta está integrada principalmente por el ahorro para el retiro, las aportaciones voluntarias y la subcuenta de vivienda. Esta última es administrada por el Infonavit o el Fovissste, no directamente por la Afore.
No necesitas recordar cuándo comenzaste a trabajar ni acudir personalmente a las oficinas del IMSS. Existen tres maneras oficiales y gratuitas de localizar tu cuenta.
Puedes ingresar a www.aforeweb.com.mx, seleccionar la opción para localizar tu Afore y proporcionar tu CURP o Número de Seguridad Social (NSS), además de una dirección de correo electrónico. Recibirás información sobre la administradora que resguarda tu ahorro.
También puedes descargar la aplicación AforeMóvil o comunicarte al teléfono SARTEL, 55 1328 5000.
Una vez identificada la administradora, podrás solicitar tu estado de cuenta, revisar tus movimientos y actualizar tu información personal.
Las aportaciones no son iguales para todos los trabajadores, ya que dependen del salario base de cotización registrado ante el IMSS.
En 2026, los patrones aportan el 2% de ese salario al ramo de retiro y entre el 3.15% y el 7.513% adicional para cesantía en edad avanzada y vejez, dependiendo del nivel salarial.
Esto significa que la aportación patronal total destinada a esos conceptos puede representar entre el 5.15% y el 9.513% del salario base de cotización.
Por su parte, el trabajador aporta el 1.125% para cesantía y vejez. El Gobierno Federal también realiza una cuota social para determinados niveles salariales.
Además, el empleador tiene la obligación de aportar el equivalente al 5% del salario base de cotización a la subcuenta de vivienda del Infonavit.
Un ejemplo: si tu salario base de cotización equivale a 15 mil pesos mensuales y se consideran 30 días, en 2026 tu patrón aportaría aproximadamente 1,427 pesos al ahorro para el retiro y otros 750 pesos a vivienda. A ti te correspondería aportar alrededor de 169 pesos.
Estas cantidades son ilustrativas. La cifra exacta depende del salario registrado, los días cotizados y las disposiciones aplicables.
Las aportaciones obligatorias de retiro se enteran de manera bimestral, por lo que no necesariamente observarás depósitos nuevos cada quincena.
El estado de cuenta de tu Afore permite consultar las aportaciones recibidas, los rendimientos obtenidos, las comisiones cobradas y los retiros efectuados.
Las administradoras están obligadas a proporcionar estados de cuenta al menos tres veces al año, aunque puedes solicitar información adicional cuando lo necesites.
También es importante verificar que tu empleador te tenga registrado con el salario correcto. A través de la aplicación IMSS Digital puedes consultar el Reporte Personalizado de Cotización, que informa qué patrones te han registrado, los días cotizados y el salario reportado.
Si descubres que tu empresa no te registró o declaró un salario inferior al que legalmente corresponde, puedes presentar una denuncia gratuita ante el IMSS.
Perder el empleo representa una situación económica complicada, por lo que la legislación mexicana permite retirar anticipadamente una parte del ahorro acumulado.
En el caso de los trabajadores afiliados al IMSS, deben haber transcurrido al menos 46 días naturales desde que quedaron desempleados y no haber realizado otro retiro de este tipo durante los cinco años anteriores.
Existen dos modalidades principales.
La modalidad A requiere tener una cuenta individual abierta desde hace al menos tres años y un mínimo de 12 bimestres de cotización acreditados. Permite retirar el equivalente a 30 días del último salario base de cotización, sujeto al límite legal.
La modalidad B corresponde a quienes tienen una cuenta abierta desde hace cinco años o más. Permite retirar la cantidad menor entre 90 días del salario base de cotización promedio de las últimas 250 semanas o el 11.5% del saldo acumulado en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
El trámite puede realizarse ante la Afore y, cuando se cumplen las condiciones, mediante AforeMóvil.
¡Cuidado! Retirar dinero por desempleo reduce las semanas cotizadas reconocidas para la pensión. Estas pueden recuperarse mediante el reintegro total o parcial de los recursos, siguiendo el procedimiento correspondiente.
Para los trabajadores del ISSSTE también existe un retiro por desempleo, sujeto a requisitos específicos. Bajo el régimen de cuentas individuales, puede retirarse la cantidad menor entre el 10% del saldo de retiro, cesantía y vejez o 75 días del sueldo básico de los últimos cinco años.
Sí. Los trabajadores afiliados al IMSS pueden acceder a una ayuda para gastos de matrimonio civil equivalente a 30 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
En 2026, esa cantidad equivale aproximadamente a 3,519 pesos.
Entre los requisitos se encuentran haber acumulado al menos 150 semanas de cotización al momento de contraer matrimonio, cumplir las condiciones de aseguramiento y no haber recibido anteriormente este beneficio.
A diferencia del retiro por desempleo, esta prestación no disminuye las semanas cotizadas.
La respuesta depende del régimen pensionario al que perteneces, los años o semanas cotizadas y tu edad.
Para quienes cotizan ante el IMSS, existen dos regímenes principales.
Ley de 1973. Corresponde a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y cumplen las condiciones para pensionarse bajo ese régimen. Entre sus requisitos generales están contar con al menos 500 semanas cotizadas y tener 60 años para solicitar una pensión por cesantía en edad avanzada o 65 años para una pensión por vejez.
En este régimen, la pensión considera factores como el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, el tiempo de cotización y la edad de retiro.
Ley de 1997. Aplica a quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997. En 2026 se requieren al menos 875 semanas cotizadas para acceder a una pensión ordinaria, además de cumplir la edad correspondiente.
Ese requisito aumentará 25 semanas cada año hasta llegar a mil semanas en 2031.
En las pensiones financiadas mediante cuentas individuales, el saldo acumulado es fundamental para determinar los recursos disponibles. Según el caso, la pensión puede pagarse mediante una renta vitalicia contratada con una aseguradora, retiros programados administrados por la Afore o una pensión garantizada cuando se cumplen los requisitos legales.
Los trabajadores del ISSSTE sujetos al régimen de cuentas individuales generalmente necesitan 25 años de cotización y tener al menos 60 años para una pensión por cesantía en edad avanzada o 65 años por vejez. El régimen del Décimo Transitorio tiene reglas diferentes.
También existe la posibilidad de un retiro anticipado cuando se cumplen requisitos financieros y legales específicos.
No necesariamente. Una de las confusiones más frecuentes es pensar que, al cumplir 60 o 65 años, se puede retirar automáticamente todo el saldo acumulado.
Cuando una persona obtiene una pensión, parte de los recursos de su cuenta puede destinarse a financiar los pagos periódicos. Las cantidades que se entregan directamente dependen del régimen pensionario y de las subcuentas correspondientes.
Si el IMSS emite una negativa de pensión porque no se cumplen los requisitos legales, puede existir el derecho a recibir en una sola exhibición los recursos que correspondan, conforme a la resolución y las reglas aplicables.
Por ello, antes de solicitar cualquier retiro, es importante conocer el régimen al que perteneces y solicitar una orientación sobre las consecuencias de disponer de tu ahorro.
El ahorro que has acumulado no desaparece cuando renuncias, te despiden o decides trabajar de manera independiente.
Los recursos permanecen en tu cuenta y continúan invertidos, aunque ya no recibas aportaciones patronales por un empleo formal.
Si posteriormente comienzas a trabajar en otra empresa, las nuevas aportaciones seguirán acumulándose en tu misma cuenta.
Las personas que trabajan por su cuenta también pueden registrarse en una Afore y realizar aportaciones voluntarias para formar un patrimonio destinado al retiro.
Sí. Cada trabajador tiene derecho a elegir la administradora que considere más conveniente.
La CONSAR recomienda evaluar los rendimientos netos, las comisiones y la calidad de los servicios antes de solicitar un cambio.
En general, se permite un traspaso al año y, bajo determinadas condiciones, un segundo cambio hacia una Afore que ofrezca un mayor rendimiento neto.
Durante 2026, nueve administradoras cobran una comisión anual de 0.54% sobre los recursos administrados, mientras que PENSIONISSSTE aplica una comisión de 0.52%.
No obstante, una comisión menor no garantiza por sí sola un mejor resultado de inversión. También deben compararse los rendimientos correspondientes a la generación del trabajador.
Los recursos acumulados no desaparecen con el fallecimiento del titular.
Los beneficiarios legales o designados pueden tener derecho a recibir los recursos que procedan y, cuando se cumplen los requisitos de seguridad social, acceder a las pensiones correspondientes.
Por esta razón, es importante mantener actualizados los datos personales y la designación de beneficiarios en la administradora.
Además de las aportaciones obligatorias, puedes realizar ahorro voluntario mediante AforeMóvil, AforeWeb, establecimientos autorizados o directamente en tu administradora.
No necesitas aportar grandes cantidades. Existen mecanismos que permiten realizar depósitos desde 50 pesos, aunque las condiciones y los montos mínimos pueden variar según el canal utilizado.
Algunas modalidades de ahorro voluntario ofrecen beneficios fiscales, mientras que otras permiten disponer del dinero antes de la jubilación. Es importante conocer sus plazos y restricciones.
También puedes utilizar las calculadoras oficiales de la CONSAR para estimar cuánto podrías acumular al llegar a la edad de retiro.
Conocer en qué Afore estás, comprobar que tu patrón realiza las aportaciones correspondientes y revisar periódicamente tu estado de cuenta son medidas fundamentales para proteger tu patrimonio.
También conviene consultar las semanas cotizadas ante el IMSS, especialmente si has cambiado varias veces de trabajo o has tenido periodos sin empleo.
Los trámites oficiales de localización, registro, traspaso y retiro no requieren contratar intermediarios. Desconfía de quienes prometen entregarte todo tu ahorro antes de la edad de jubilación o solicitan pagos anticipados para liberar recursos.
Tu Afore es parte del dinero que has construido con años de trabajo. Conocer cómo funciona puede marcar una diferencia importante en tu tranquilidad económica al llegar a la vejez.
Sitios oficiales de consulta:
CONSAR: www.consar.gob.mx
Localización de Afore: www.aforeweb.com.mx
IMSS: www.imss.gob.mx
ISSSTE: www.gob.mx/issste
Atención SARTEL: 55 1328 5000