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Sí ven censura en fallo del IMPI contra libro de caso Trevi

Preocupa al Doctor en Derecho Eduardo de la Parra fallo del IMPI contra libro sobre caso Trevi-Andrade

Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) halla fallado en favor de Gloria Trevi en su demanda contra la editorial Penguin Random House por presuntamente violar su derecho de imagen en el libro "Todo a la Luz", de Karla de la Cuesta, es "el peor acto de censura" que ha sufrido la editorial desde que inició operaciones en el país en 1959, expresa preocupado el Doctor en Derecho Eduardo de la Parra.
 
"Es una resolución ilegal e inconstitucional, totalmente contraria a todas las normas que regulan la libertad de expresión, y por lo tanto se interpuso un juicio de nulidad en contra del IMPI en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
 
"La consecuencia de esto es que el tribunal ya dictó medidas cautelares a favor de Penguin para que no tenga que acatar la resolución (un pago de más de medio millón de pesos y la reedición del libro para evitar el nombre e imagen de la artista), al menos provisionalmente. Entonces, la multa no se puede ejecutar y no está surtiendo efectos de momento la resolución del IMPI", explica el representante legal de la editorial, en entrevista.
 
Gloria Trevi demandó a la casa editorial por el libro publicado en 2024, refiriéndose al derecho a la propia imagen, derecho fundamental derivado de la dignidad humana que permite autorizar o prohibir que terceros tomen fotos, videos o realicen representaciones de los rasgos físicos, además de proteger el uso comercial o publicitario que se le pueda dar a la figura de la persona.
 
En la revisión de la publicación que hizo el instituto hallaron que se mencionaba el nombre de la cantante y aparecía su rostro en un anexo fotográfico de la publicación sobre el caso Trevi-Andrade, y concluyó que necesitaban su autorización por utilizar su imagen con fines comerciales, por lo que impusieron las sanciones.
 
"El IMPI está sentando un precedente muy peligroso, una resolución en la que dice que las figuras públicas, no sólo artistas, sino también deportistas, funcionarios públicos, servidores públicos, empresarios, ciudadanos, cualquier persona que tenga proyección pública, no se puede hablar, no se puede usar el nombre sin su autorización, aunque se trate de una obra ejercida al amparo de la libertad de expresión o una obra de periodismo.
 
"Ese es el tamaño y la magnitud de este asunto. Está diciendo que ningún medio de comunicación puede usar el nombre o el rostro de figuras públicas, si estas figuras no autorizan previamente", advierte.
 
El especialista en propiedad intelectual, derechos de autor y derechos humanos detalla que la foto que aparece de Trevi fue publicada por los periódicos en la época y Karla de la Cuesta obtuvo el expediente judicial en contra de la artista.
 
Con su demanda está haciendo valer el artículo 74 del reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor, que explica que no se viola el derecho a la propia imagen cuando se usan con fines informativos, periodísticos o de libertad de expresión.
 
"Aunque Penguin lo hizo valer expresamente, y varias veces en su escrito de contestación en su defensa, el IMPI simplemente ignoró el tema y nunca entró al análisis del artículo 74 del reglamento. Es de las peores irregularidades que trae la resolución", lamenta De la Parra, quien tiene más de 20 años como asesor del mundo del entretenimiento.
 
Se están amparando por varias leyes: los artículos 74 y 87 de la Ley Federal del Derecho de Autor; el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el artículo 19 del pacto internacional de derechos civiles y políticos además de jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Americana de Derechos Humanos.
 
Destaca que la editorial está comprometida con la libertad de expresión en México y en en los países en los que opera.
 
"Es parte del ADN de la editorial y esta batalla legal se llevará hasta las últimas consecuencias a favor de la libertad de expresión", asevera.
 
La editorial también está demandada por daño moral, que ya está en curso.
 
"Gloria Trevi también está haciendo valer una violación al derecho honor o reputación. Ya presentamos la defensa y estamos en etapa probatoria", indica.
 
Protegida por las leyes
 
De la Cuesta tiene derecho a que su obra no se modifique o altere sin su autorización, recalca el especialista.
 
"Karla de la Cuesta tiene un derecho moral de autor que se llama el derecho moral de integridad. Está en el artículo 21, fracción tercera de la Ley Federal del Derecho de Autor y en el artículo seis bis. del convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas.
 
"Y aquí hay una grave irregularidad, el IMPI está ordenando la alteración de la obra sin haber llamado al procedimiento a Carla de la Cuesta a defender su derecho moral de autor y su libertad de expresión".
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