La Asociación Mexicana de Viviendas Turísticas (Amvitur) solicitó revisar las contradicciones normativas derivadas de la actual regulación de viviendas turísticas, pues advirtió que están provocando una caída en la competitividad de la capital del País.
Sean Cázares Ahearne, director general del organismo, hizo un llamado "respetuoso" al Poder Judicial de la Ciudad de México para que, al analizar los casos derivados de la regulación de las Viviendas Turísticas, considere las contradicciones normativas que enfrentan quienes participan en esta actividad.
Señaló que uno de los principales puntos de conflicto es el artículo 61 Sexies de la Ley de Turismo de la Ciudad de México, que exige a los anfitriones con cuatro o más inmuebles inscritos registrar una clave de establecimiento mercantil ante el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles (SIAPEM).
El problema radica en que ni la Ley de Establecimientos Mercantiles ni el SIAPEM cuentan con una clasificación específica para las Estancias Turísticas Eventuales o Viviendas Turísticas.
"Actualmente, el sistema obliga a inscribirlas bajo giros de impacto vecinal (como hoteles o moteles), los cuales contemplan amenidades como restaurantes, salones de eventos o albercas, características que no corresponden a una vivienda de alquiler", sentenció.
Señaló que no se puede ordenar a los anfitriones que cumplan con un trámite que el propio marco normativo no reconoce con claridad. La autoridad no puede convertir la formalidad en un laberinto sin salida ni sancionar a quienes intentan cumplir.
El organismo advirtió que el mismo artículo prohíbe la renovación del registro a aquellos inmuebles cuya ocupación supere el 50 por ciento de las noches del año, una medida que calificó como un castigo injustificado a la rentabilidad y el cumplimiento.
"Ningún negocio puede sobrevivir, generar empleos y propiciar derrama económica operando el cincuenta por ciento del año. Particularmente cuando la ley de renta tradicional contempla el alquiler por el año completo", sentenció.
Cazares expuso que, en lugar de supervisar conductas, condiciones de seguridad o afectaciones vecinales concretas, la disposición sanciona el nivel de ocupación por sí mismo.
"Una Vivienda Turística que cumple con la normativa y tiene demanda puede quedar fuera del padrón precisamente por haber operado exitosamente dentro de la legalidad", apuntó.
Por último, advirtió que el límite de ocupación afecta la competitividad turística de la Ciudad de México, pues de acuerdo con datos de la Secretaría de Turismo (Sectur), entre 2024 -año en que entró en vigor esta limitación- y 2025, la Ciudad de México dejó de ser el principal destino nacional por número de turistas que pernoctan.
Pues el número de turistas pasó de 24 millones 966 mil 860 a 23 millones 780 mil 311, lo que representa una disminución del 4.7 por ciento.
Además, de enero a mayo de 2026, las divisas turísticas cayeron un 0.4 por ciento, registrando 15 mil 869 millones de dólares (una pérdida de 60 millones de dólares respecto al mismo periodo del año anterior).