A partir del 1 de julio inicia el registro obligatorio para vehículos eléctricos personales; las multas económicas se aplicarán hasta el 20 de noviembre.
La movilidad eléctrica en la Ciudad de México entrará a una nueva etapa a partir de este miércoles 1 de julio, cuando comience el registro obligatorio para scooters, bicis eléctricas y otros vehículos de micromovilidad que superen ciertos límites de velocidad y potencia.
La medida forma parte de la regulación para los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales, conocidos como VEMEPE, con la que las autoridades capitalinas buscan ordenar su circulación, reducir riesgos viales y dar certeza jurídica ante el crecimiento acelerado de este tipo de transporte.
De acuerdo con las nuevas disposiciones, quienes utilicen estos vehículos deberán contar con placas, tarjeta de circulación, licencia de conducir, distintivo de movilidad eléctrica y casco obligatorio. Además, las unidades deberán cumplir con condiciones de seguridad como luces, elementos visibles y, en algunos casos, seguro de responsabilidad civil.
La obligación aplica para scooters, bicimotos, motos eléctricas ligeras y algunas bicicletas eléctricas que cuenten con acelerador independiente, dos o más ruedas, motor eléctrico con potencia de 250 watts a 1 kilowatt y una velocidad máxima superior a los 25 kilómetros por hora.
Sin embargo, no todos los vehículos eléctricos deberán emplacarse. Las bicicletas de pedaleo asistido, scooters ligeros y monopatines eléctricos urbanos que no rebasen los 25 kilómetros por hora, tengan motor menor a 250 watts y no cuenten con configuración similar a una motocicleta quedarán exentos del emplacamiento, aunque deberán portar un distintivo de movilidad eléctrica.
El calendario contempla un periodo de regularización de casi cuatro meses. A partir del 1 de julio, las unidades nuevas deberán salir registradas desde el punto de venta, mientras que quienes ya contaban con un vehículo de este tipo tendrán hasta el 20 de noviembre de 2026 para realizar el trámite correspondiente.
Durante septiembre, los agentes de tránsito podrán iniciar con amonestaciones para quienes no porten placas o distintivo; no obstante, las multas económicas comenzarán a aplicarse hasta el 20 de noviembre, una vez concluido el periodo de gracia.
Las sanciones podrán variar según la falta. Circular sin cumplir con los requisitos, hacerlo en zonas no permitidas o no portar el equipo de seguridad requerido podría generar multas calculadas en Unidades de Medida y Actualización, además de puntos a la licencia en algunos casos.
Entre las restricciones también se contempla que estos vehículos no podrán circular por banquetas, carriles confinados del transporte público, ciclovías cuando no correspondan a su categoría, ni vías de acceso controlado o avenidas donde la velocidad permitida exceda los límites establecidos para este tipo de unidades.
Con esta regulación, la Ciudad de México busca cerrar el vacío legal que existía alrededor de scooters y bicicletas eléctricas de alta potencia, vehículos que cada vez son más comunes en las calles, pero que hasta ahora circulaban sin reglas claras sobre registro, responsabilidad vial y medidas de seguridad.