San Luis Potosí, SLP.- En sesión del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí se aprobó por unanimidad declarar existente la omisión legislativa del Congreso del Estado por no haber armonizado la Constitución local para garantizar el derecho ciudadano a solicitar la revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo estatal, como lo establece la reforma constitucional federal publicada desde diciembre de 2019. El Tribunal dio un plazo máximo de 180 días al Congreso para legislar el tema.
Durante la sesión pública, se dio cuenta del expediente TESLP/JDC/08/2026, promovido por la ciudadana Cenorina Bernal Hernández, quien argumentó que el Poder Legislativo incumplió con la obligación establecida en el artículo sexto transitorio del decreto federal en materia de consulta popular y revocación de mandato. La ponencia, a cargo de la magistrada Dennise Adriana Porras Guerrero, expuso que el Congreso local tenía un plazo de 18 meses para adecuar la Constitución estatal y garantizar este derecho de participación ciudadana; sin embargo, a más de cinco años de la publicación de la reforma, la adecuación no se ha concretado.
Por ello el Tribunal consideró fundada la queja al estimar que existe una “omisión absoluta” por parte del Congreso potosino, ya que no ha incorporado en la legislación estatal el mecanismo mediante el cual la ciudadanía pueda solicitar la revocación de mandato de la gubernatura. De acuerdo con la resolución, esta falta afecta los derechos de participación política de las y los ciudadanos.
Con esta determinación, el Tribunal Electoral local coloca nuevamente sobre la mesa uno de los temas pendientes en materia de participación ciudadana y armonización legislativa en San Luis Potosí, al exigir al Congreso estatal avanzar en la incorporación formal del mecanismo de revocación de mandato para la gubernatura.