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Ordenan cambiar de clínica a legionario acusado de violación

Un juez ordenó trasladar en un plazo de 24 horas a Antonio María Cabrera, el congregado de los Legionarios de Cristo procesado por la presunta violación de un menor de edad, de la clínica particular de la Ciudad de México en la que se encuentra a un hospital público -o, de manera excepcional, privado- en el Estado de México.
 
Ricardo Cárdenas Francisco, juez de control de Tlalnepantla, negó al sacerdote la solicitud de excepción para llevar su proceso con prisión preventiva justificada en un inmueble de Huixquilucan, administrado por la congregación religiosa a la que pertenece.
 
"Voy a dar 23 horas al director del centro penitenciario para que ejecute el traslado de la Ciudad de México al sector salud estatal y excepcionalmente a un hospital privado en el Estado de México, apercibido que de no cumplir se le impondrán 500 Unidades de Medida y Actualización (equivalentes a 58 mil 655 pesos), desde luego resguardando siempre el derecho a la salud del imputado", dijo el juzgador. 
 
"Le voy a pedir al director del centro penitenciario que una vez que lo traslade, tiene un plazo de 12 horas para que me informe derecho la ejecución de esa medida".
 
Cabrera compareció a esta diligencia por videoconferencia con una mascarilla de oxígeno, recostado en la cama del hospital al que ingresó el pasado 13 de marzo, tras reportarse que sufrió un infarto de miocardio. El sacerdote había estado internado desde el 12 de junio pasado en el Penal de Barrientos.
 
El juzgador puntualizó que la excepción de llevar un proceso en arraigo domiciliario, prevista en el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales, está considerada para los procesados a partir de los 70 años de edad, con enfermedades graves y que no presenten un riesgo de sustracción de la justicia.
 
Y en el caso del legionario, puntualizó que no se cumplían dos de esas condiciones, la primera es la edad, porque tiene 69 años; y la segunda es que no han variado las condiciones para suponer que prevalece el riesgo de fuga.
 
Además, tomó en cuenta que el lugar al que la defensa pidió trasladarlo no cuenta con las condiciones y equipo médico especializado para atender sus males de salud, pues sólo cuenta con un aparato de respiración.
 
El juez reveló que tuvo conocimiento de la excarcelación y traslado del legionario a la Ciudad de México, días después de que ocurriera, situación que cuestionó porque el procesado está bajo su disposición y no del director del penal.
 
"Subsisten las condiciones que se tenían en cuanto al riesgo de fuga, como el hecho de que tiene dos nacionalidades y otras; subsisten porque no se aportó diversos datos de prueba de que esos riesgos quedaron neutralizados", dijo Cárdenas.
 
"Yo tuve conocimiento del traslado con motivo de la solicitud de esta audiencia, cuando en realidad el director tiene la obligación de informarme de inmediato porque él no lo tiene a su disposición".
 
Sobre los problemas de salud del acusado, Cárdenas dijo que no tenía elementos para cuestionar sus padecimientos porque no es perito en medicina, sin embargo, mencionó que conceder en este caso el arraigo domiciliario por un tema de salud sería tanto como verse obligado a conceder ese beneficio en todos los casos similares.
 
Adicionalmente, puso en entredicho que el director del Penal de Barrientos incumpliera con el reglamento de los penales del Edomex para atender situaciones como la del acusado.
 
De acuerdo con el juzgador, la norma estatal de los centros penitenciarios establece que, en los casos en que se requiera, un interno debe ser trasladado a un hospital público de la entidad e incluso, de manera excepcional, privado, siempre y cuando se localice en la misma jurisdicción.
 
Para pedir el arraigo domiciliario en un inmueble de los Legionarios de Cristo en Huixquilucan, Berenice Estrella Luna, una de las defensoras del acusado, expuso una serie de documentos médicos que señalan que el pasado 13 de marzo el sacerdote fue llevado a una clínica en la Ciudad de México porque registró un infarto al miocardio agudo.
 
Al llegar al nosocomio, se pidió la autorización para meterlo al quirófano y realizarle un procedimiento quirúrgico, sin embargo, resultó fallida la colocación de un stent, por lo que la zona de necrosis presenta un daño al miocardio irreversible.
 
La abogada también dio cuenta de que su cliente padece diabetes, hipertensión arterial y Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica; además, refirió un diagnóstico que señala que es un paciente en estado grave con pronóstico reservado para la vida. 
 
Adicionalmente, exhibió la opinión de un perito de la Fiscalía del Edomex basada en una visita que hizo a Cabrera en la clínica en la que se encuentra.
 
Durante el debate, Santiago Contreras Gómez, asesor jurídico de la víctima, afirmó que los documentos penitenciarios para justificar la excarcelación del legionario contienen falsedades e irregularidades.
 
Mencionó que, según los oficios, el penal autorizó sacar al sacerdote de Barrientos a las 16:00 horas del 13 de marzo, sin embargo, salió alrededor de las 10:00 de la mañana.
 
También dijo que desde el 5 de marzo se solicitó una cita médica para Cabrera en la misma clínica en la que fue internado ocho días después. 
 
"Mágicamente realizaron un traslado de 30 minutos, de las 10:02 a las 10:38 horas (de Tlalnepantla a la CDMX)", señaló Contreras.
 
Su colitigante Julián Pérez-Duarte además expuso que, cuando oficialmente le requirieron la información de los elementos que custodiaban a Cabrera en la clínica, el Penal de Barrientos envió un oficio con información errónea, pues proporcionó los nombres de agentes que resguardaban a 3 internos que habían sido excarcelados y hospitalizados en Atizapán, Naucalpan y Tlalpan. Ninguno de ellos era el sacerdote. 
 
"Estamos en un caso donde un juez tiene que preguntar dónde está el imputado al que le impuso la prisión preventiva justificada", dijo el litigante.
 
Estrella Luna, la defensora del acusado, respondió que lo único irregular que había en este asunto era la falta de lealtad de la Fiscalía, por su estrategia para no comparecer en dos audiencias anteriores.
 
Además, dio a conocer que presentó una denuncia penal contra los asesores jurídicos de la víctima, porque acudieron al hospital para ver a Cabrera.
 
"La asesoría tuvo un acercamiento a mi defendido, fue intimidatorio, esto ya fue hecho del conocimiento del Ministerio Público", apuntó la abogada.
 
Ordenan a Fiscalía Anticorrupción indagar a MPs y perito 
El juez de control Ricardo Cárdenas Francisco instruyó a la Fiscalía del Estado de México iniciar una investigación contra dos de sus agentes del Ministerio Público y uno de sus peritos para que verifique si cometieron o no supuestos actos de corrupción en las actuaciones relacionadas con la excarcelación y traslado de Antonio María Cabrera a una clínica privada de la Ciudad de México.
 
El mandato fue girado a solicitud de la propia Fiscalía durante la audiencia de este miércoles en la que se ordenó trasladar al sacerdote a un hospital público del Edomex o, de manera excepcional, privado, pero en la misma entidad.
 
De acuerdo con la Fiscalía, los agentes del MP que deberán ser indagados son Paulina Benito Eugenio y J. Ventura Chávez Chavero, mientras que el perito es Eder Juárez Toribio.
 
"Le voy a dar vista a la fiscalía, anticorrupción del Estado de México, derivado de la conducta que se advierte de dos agentes del ministerio público, así como del perito, para que en el ámbito de su competencia verifique si se encuentran dentro del marco legal", dijo el juez. 
 
Durante la diligencia, la Fiscalía señaló que Paulina Benito instruyó a Juárez Toribio a que acudiera a la clínica privada en la que se encuentra el legionario desde el pasado 13 de marzo, para elaborar una opinión técnica sobre su estado de salud, con base en los documentos médicos.
 
Toribio elaboró su opinión técnica el 16 de marzo y luego fue certificada por Chávez. El documento fue presentado hoy como dato de prueba para solicitar el arraigo domiciliario de Cabrera en un inmueble de los Legionarios de Cristo en Huixquilucan.
 
El problema es que dichos agentes del Ministerio Público son ajenos al caso y, de hecho, abrieron una carpeta de investigación distinta al expediente que tiene procesado Cabrera, para darle esa instrucción al perito forense, según lo relatado por la Fiscalía en la diligencia.
 
"La MP le dio intervención al perito en medicina legal en una carpeta de investigación diversa no se sustenta con datos de prueba con base en qué se realiza esta certificación de la opinión técnico legal del perito. Los MPs no son de la agencia investigadora del caso, son de la Agencia Central sin Detenido", dijo la Fiscalía.
 
"Se solicita dar vista a la Fiscalía Anticorrupción, porque además el perito dice que se traslada a la clínica de la Ciudad de México, pero se debe contar con un oficio de colaboración de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y no hace referencia a ese oficio para que acudiera. A él le da intervención la Ministerio Público Paulina Benito Eugenio".
 
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