La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publicó nuevos lineamientos para regular la información y publicidad de las personas proveedoras en la venta de boletos para conciertos masivos; entran en vigor a partir de hoy.
A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Profeco publicó los nuevos lineamientos que buscan garantizar la protección de los derechos de las personas consumidoras, en cumplimiento a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
A detalle, las empresas boleteras deberán informar de manera clara, veraz y oportuna a las personas consumidoras, al menos con 24 horas de anticipación a la primera venta de boletos que estén disponibles, descripción clara y detallada del lugar o recinto, fechas, horario de inicio, artistas que constituyen la atracción principal o cualquier otra particularidad del concierto masivo.
También los términos y condiciones vigentes, así como sus políticas de cancelación y devolución del dinero en caso de una cancelación.
En este sentido, se busca evitar que existan precios ocultos en la venta de boletos, debido a que las boleteras están obligadas a publicar el precio precio final que pagarán todos los consumidores.
En caso de una cancelación, las compañías que venden boletos deben realizar la devolución total del costo del boleto, más una bonificación no mayor del 20 por ciento del precio del boleto solo cuando se requiera.
De manera adicional, las boleteras deben proteger sus sistemas contra programas automatizados (bots) que compran masivamente para revender, como lo son los chatbots o programas digitales que realizan compras masivas en preventas.
En caso de usar filas virtuales, las empresas boleteras están obligadas a informar que el turno no garantiza boleto, los términos y condiciones por los cuales se puede perder un lugar, así como todas las reglas claras del proceso.
La Profeco resaltó que en caso de incumplimiento de los lineamientos, se sancionarán de conformidad con las disposiciones relativas de los Capítulos XIII y XIV de la Ley.