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Ejecutivo veta Ley de Alternancia de Género

La reforma de alternancia de género fue aprobada por mayoría, pero enfrenta veto y revisión constitucional.

La Ley de Alternancia de Género en la Gubernatura de San Luis Potosí ha abierto una nueva etapa en el debate democrático de la entidad, al colocar en el centro de la agenda pública la igualdad sustantiva y el acceso equitativo de las mujeres a los cargos de mayor responsabilidad política. La reforma electoral, impulsada por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana y avalada por el Congreso del Estado, representa un esfuerzo institucional por fortalecer la paridad y modernizar las reglas de participación política, generando un diálogo amplio entre fuerzas políticas, gobiernos municipales y sociedad civil sobre el rumbo de la gobernanza estatal.
 
¿De dónde surgió la iniciativa y qué antecedentes tiene?
La iniciativa nació de propuestas reformistas para garantizar una mayor participación política de las mujeres en los cargos de elección popular. En particular, se inscribe en el contexto de debates nacionales y estatales sobre paridad de género y alternancia política, que han cobrado fuerza desde la reforma constitucional federal de 2014 sobre paridad sustantiva. Sin embargo, su formulación y debate en San Luis Potosí se aceleró al cierre de 2025 en el Congreso del Estado.
La propuesta se presentó por parte del CEEPAC, junto con u paquete de iniciativas que buscaba modificar la Constitución Política del Estado y la Ley Electoral Local, con el argumento de corregir históricas brechas de género, ya que San Luis Potosí nunca ha tenido una gobernadora. Este hecho fue usado como justificación principal para la reforma. 
 
¿Qué propone la iniciativa?
El CEEPAC señala que la alternancia de género para la Gubernatura del Estado destaca que los partidos políticos politicos, coaliciones y candidaturas independientes que participen en los procesos electorales locales observarán la alternancia de género en la postulación para el cargo de Gobernador o Gobernadora, considerando el género de la persona registrada en la elección inmediata anterior.
En la iniciativa, en el segundo artículo transitorio, el CEEPAC señala que para el proceso electoral local ordinario 2027, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes únicamente podrán registrar candidaturas de mujeres para la titularidad de la Gubernatura del Estado. 
En los procesos electorales subsecuentes, la postulación se realizará conforme al principio de alternancia de género previsto en la Constitución, es decir, para el periodo subsecuente podrán postular hombres sin perjuicio de aquellos que deseen postular mujeres, a fin de seguir contribuyendo a cerrar la brecha de desigualdad entre hombres y mujeres.
 
El paso de la iniciativa por el Congreso del Estado
El Congreso del Estado aprobó el dictamen el pasado 14 de diciembre de 2025, con mayoría de 19 votos a favor de las fuerzas políticas aliadas al Gobierno del Estado, entre ellas el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido del Trabajo (PT), Movimiento Ciudadano (MC), y Nueva Alianza; mientras que en contra estuvieron ocho legisladores, todos los de Morena y parte del Partido Acción Nacional (PAN). 
 
La validación por Cabildos
Tras la aprobación en el Congreso, la reforma debía recabar la aprobación de los municipios, conforme a los requisitos de reforma constitucional local. Esto implicó que cada uno de los 59 ayuntamientos potosinos sesionara para avalar o rechazar la reforma impulsada desde el Legislativo. Varios ayuntamientos afines al PVEM aprobaron rápidamente la reforma en sesión de Cabildo, con poca difusión pública y cuestionamientos sobre la transparencia del proceso. La rapidez y la forma en que se hicieron estas aprobaciones también han sido objeto de críticas, especialmente por organizaciones civiles que denunciaron falta de información suficiente para la ciudadanía durante las sesiones municipales.
 
Desechan impugnación en el Tribunal Electoral, acción de inconstitucionalidad en espera 
Ante este el Tribunal Estatal Electoral de San Luis Potosí (TEE) desechó de manera definitiva la demanda presentada por Luis Fernando Leal Beltrán para impugnar la reforma que establece que, a partir de 2027, solo las mujeres podrán postularse para la gubernatura del estado. El dictamen fue elaborado por la presidenta del Tribunal, Dennise Adriana Porras Guerrero, y aprobado por unanimidad en el pleno.
En el proyecto presentado por Porras Guerrero, se determinó que el Tribunal Electoral no tiene facultades para modificar una resolución emitida por el Congreso del Estado, dado que la controversia sobre la constitucionalidad de la reforma debe ser resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), instancia que recibió acciones por parte de Morena y el PAN en contra de esta ley.
 
El veto del Gobernador 
Este 12 de enero, el Gobernador del Estado, Ricardo Gallardo Cardona, anunció su decisión de hacer uso de su derecho de veto de dicha iniciativa, esto con el objetivo de que se analice y se discuta a fondo la reforma a la Ley Electoral del Estado en materia de paridad de género para que se postulen sólo mujeres a la gubernatura en 2027 y evitar que se vulneren derechos constitucionales a toda persona que aspire al cargo.
Precisó que ha solicitado que el CEEPAC replantee la iniciativa, que se abra una discusión más amplia, con la participación de expertos constitucionalistas, académicos y todas las fuerzas políticas, con el objetivo claro de fortalecer la igualdad de género sin generar controversias legales.
El Ejecutivo estatal dijo respetar la autonomía tanto del CEEPAC como del Congreso del Estado, pero como Gobernador tiene la obligación constitucional de revisar a fondo las leyes que se aprueban, por lo que ha decidido ejercer su derecho de veto, ya que, como está planteada, dicha iniciativa presenta serias dudas de constitucionalidad.
 
¿Qué sigue?
Este veto abre un nuevo capítulo en la disputa política local, porque bajo la Constitución Política del Estado, el Ejecutivo puede devolver un proyecto de ley con observaciones para que el Congreso lo revise y, en caso de insistir, se requieren dos terceras partes de los votos de los diputados presentes para superar el veto y remitirlo nuevamente para sanción y publicación.
El Congreso del Estado puede reconsiderar la iniciativa con los ajustes sugeridos por el Ejecutivo, o insistir en la reforma tal como fue aprobada originalmente, lo que implicaría lograr una mayoría calificada de dos tercios para que la ley pueda entrar en vigor sin la firma ejecutiva.
Más allá del debate inmediato, la Ley de Alternancia abre la oportunidad de revisar y perfeccionar los mecanismos con los que se impulsa la igualdad política en el estado. El proceso que siga esta reforma permitirá definir reglas más claras, fortalecer la certeza jurídica y construir consensos que garanticen una competencia equitativa, con impacto no sólo en la elección de 2027, sino en la evolución democrática de San Luis Potosí y del país.
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