El presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, el morenista Pedro Zenteno, alista una reserva para modificar el dictamen de la reforma que prohíbe los vapeadores, con la cual busca evitar que se criminalice a los consumidores.
La reserva plantea modificaciones a la redacción del artículo 282 Quater, que de acuerdo con la redacción original prohíbe en todo el País la adquisición, preparación, conservación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarros electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos.
Los cambios que propondrá Zenteno señala que queda prohibida la adquisición de estos productos "con fines de comercialización".
De acuerdo con la justificación, usar la palabra "adquisición", como está redactado actualmente el artículo, deja abierta la puerta a la interpretación de Ministerios Públicos y jueces, que pueden dañar la conducta de los consumidores, de ahí la necesidad de aclarar que queda prohibida la adquisición con fines de comercio y no para consumo.
El documento señala que la iniciativa del Ejecutivo federal no tiene por objeto penalizar las conductas de los consumidores de vapeadores, sino la actividad económica que tiene por objeto producirlos, distribuirlos, importarlos y comercializarlos.
Zenteno argumenta que criminalizar al consumidor vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad que, según la Suprema Corte de Justicia de la Nación, permite que las personas mayores de edad decidan sin interferencia alguna qué tipo de actividades recreativas o lúdicas desean realizar, así como llevar a cabo todas las acciones o actividades necesarias para poder materializar dicha elección.
En cambio, establece, sancionar la comercialización cumple con el mandato constitucional de proteger la salud y evitar la estigmatización.
"Usar la palabra adquisición deja abierta la puerta a la interpretación de los Ministerios Públicos y jueces que pueden dañar la conducta de los consumidores, por lo que se considera que debe modificarse que dicha adquisición es con fines de comercio y no para consumo", reitera.
El panista Éctor Jaime Ramírez Barba, integrante de la Comisión de Salud, también presentará una reserva para evitar que se criminalice el consumo.
"Queda prohibido en todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización", señala la modificación propuesta por el legislador.
El dictamen aprobado por la Comisión de Salud el martes pasado define a los cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos como todo aparato o sistema mecánico, electrónico o de cualquier tecnología, que se utilice para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas, con o sin nicotina, diferentes al tabaco, susceptibles de ser inhaladas por la persona consumidora.
Prohíbe en todo el país la adquisición, preparación, conservación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, así como todos los actos de publicidad o propaganda.
Además, incorpora un capítulo de sanciones por violar estas disposiciones que van de uno a ocho años de prisión y multa de entre 100 y 200 veces el valor de la UMA, es decir, entre 11 mil 314 pesos y 226 mil 280 pesos.