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Renuncia Gertz Manero a la FGR

Gertz Manero, abogado y académico, fue designado Fiscal General de la República en enero de 2019 y durante su gestión enfrentó diversas polémicas públicas

Alejandro Gertz Manero renunció como Fiscal General de la República.
 
Gertz Manero, abogado y académico, fue designado Fiscal General de la República en enero de 2019 y durante su gestión enfrentó diversas polémicas públicas.
 
Entre ellas destacaron las investigaciones sobre la muerte de su hermano Federico y el litigio con su familia política, señaladas por presuntos conflictos de interés; la difusión de audios en los que supuestamente presionaba a funcionarios judiciales; los cuestionamientos por la liberación del ex director de Pemex, Emilio Lozoya, y acusaciones de intervenir en causas penales mediante su entorno cercano.
 
De acuerdo con la Constitución, la remoción del Fiscal General sólo procede por causa grave, calificada por el Senado y aprobada por mayoría calificada.
 
En caso de que la separación se concrete, el Senado cuenta con 20 días para integrar una lista de diez candidatos avalados por dos terceras partes de los legisladores y enviarla al Ejecutivo.
 
La Presidencia debe regresar una terna en un plazo de 10 días, y el Senado elegirá al nuevo Fiscal también con el voto de dos terceras partes.
 
Mientras tanto, la Ley de la Fiscalía General de la República establece que la suplencia recae en el Ministerio Público federal de mayor jerarquía.
 
 Ruta para la renuncia, remoción y nombramiento del nuevo Fiscal General de la República
1. Renuncia del Fiscal General
 
 La renuncia solo procede por causa grave.
 
 La renuncia debe presentarse por escrito al Senado de la República.
 
 El Senado decide si acepta o no la renuncia por mayoría simple.
 
2. Remoción del Fiscal General
 
 La remoción solo procede por causas graves establecidas en la Ley Orgánica de la FGR.
 
 Puede ser solicitada por: el Presidente de la República, o la Cámara de Senadores.
 
 El Senado resuelve por mayoría calificada de las dos terceras partes.
 
3. Ausencia definitiva
 
 Una vez aceptada la renuncia o aprobada la remoción, se declara la ausencia definitiva del Fiscal General.
 
 La FGR queda temporalmente a cargo del Fiscal más antiguo, como suplente.
 
4. Integración de la lista del Senado
 
 El Senado cuenta con 20 días naturales para aprobar, por dos terceras partes, una lista de 10 personas candidatas aptas para ocupar el cargo.
 
5. Envío de la lista al Ejecutivo
 
 El Senado remite la lista de 10 personas a la Presidencia de la República.
 
6. Elaboración y devolución de la terna
 
 La Presidencia dispone de 10 días naturales para seleccionar una terna de entre esas 10 personas y devolverla al Senado.
 
7. Designación del Fiscal General
 
 El Senado elige al Fiscal General de entre la terna enviada, por mayoría calificada de las dos terceras partes de sus integrantes.
 
 Si el Senado rechaza la terna completa, la Presidencia debe enviar una nueva.
 
8. Toma de protesta
 
 La persona designada rinde protesta ante el Senado y entra en funciones por un periodo de 9 años.
 
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