La iniciativa en materia de aguas, eviada por el Ejecutivo federal a la Cámara de Diputados desaparece el régimen de transmisión de derechos entre particulares, aumenta las sanciones por faltas relacionadas con el agua y agrega un capítulo de delitos hídricos.
La propuesta que modifica la Ley de Aguas Nacionales y expide la Ley General de Aguas desaparece el régimen de transmisiones de derechos de agua entre particulares, al establecer que los derechos amparados en las concesiones y asignaciones no serán objeto de transmisión.
Señala que las reasignaciones de volúmenes sólo podrán realizarse previo análisis y autorización de "Autoridad del Agua", que emitirá un nuevo título de concesión o asignación.
Plantea también que el establecimiento de un Fondo de Reserva de Aguas Nacionales para la reasignación de volúmenes de agua conformado por de los volúmenes recuperados de títulos de explotación y uso y aprovechamiento de aguas nacionales que no podrá considerarse en la disponibilidad. La operación, funcionamiento e integración del fondo se determinará en el Reglamento de la ley.
La propuesta señala que corresponde a la Autoridad del Agua realizar verificaciones e inspecciones para comprobar el cumplimiento de las disposiciones establecidas. Para ello, podrá acceder a todo tipo de información, incluso reservada o confidencial, siempre que esté relacionada con las infracciones previstas.
Además, aumenta las faltas relacionadas con el agua, entre ellas, ceder, suministrar o intercambiar por pago en especie o proporcionar de cualquier forma a terceros el uso total o parcial de las aguas materia de los títulos de concesión, asignación o permisos, ya sea de forma provisional o definitiva, así como transmitir los títulos de concesión o permisos y cambiar el uso de agua para el cual fue concesionada.
La iniciativa multiplica las multas por las diversas infracciones contenidas en la ley, al pasar de 260 a 6 mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), de 7 mil a 15 UMA y de 20 mil a 50 mil UMA.
Adicionalmente, agrega como sanciones la clausura temporal o definitiva, total o parcial cuando el infracto no haya cumplido con las medidas correctivas o de urgente aplicación en los plazos y condiciones establecidas, además de la suspensión o revocación de las concesiones, asignaciones, permisos o autorizaciones "según la gravedad de la falta".
En caso de reincidencia, la multa podrá ser hasta por tres veces el monto originalmente impuesto, así como la revocación del título y la clausura definitiva.
La propuesta de la Presidenta Claudia Sheinbaum agrega un capítulo de "Delitos Hídricos", que contienen las sanciones a aplicar por cada uno de ellos.
Entre ellos, el traslado de aguas nacionales con fines de lucro sin autorización o permiso de la autoridad competente y el desvió, alteración u obstrucción de causes, vasos, corrientes o flujos de aguas nacionales que genere afectación directa a las condiciones hidráulicas o ponga en peligro la vida de las personas o la seguridad de sus bienes o de los ecosistemas vitales.
En este caso, la pena de prisión se propone que sea de entre dos y 10 años y una multa de entre 400 y cuatro mil días.
Con una pena de uno a nueve años, se plantea que se castigue a quien modifique o altere instalaciones, equipos o dispositivos de medición de volúmenes de agua con la finalidad de simular un menor consumo. La pena seria de uno a nueve años de prisión.
Para los servidores públicos que otorguen concesiones, asignaciones, prórrogas, permisos o registre títulos de concesión a cambio de beneficios económicos se propone una pena de prisión de dos a 12 años, lo mismo que para quien solicite concesiones o asignaciones mediante el ofrecimiento o la entrega de dádivas.
En materia de unidades o distritos de riego, la iniciativa señala que las personas físicas o morales que los constituyan deberán reportar a la Autoridad de Agua anualmente el volumen bruto extraído de cada fuente de aguas superficiales y subterráneas con fines de riego, el volumen de agua utilizada, la superficie total cultivada, los cultivos que se regaron y la producción obtenida.
Lo anterior, con el objetivo de que la autoridad, en coordinación con las instancias correspondientes, implemente medidas para la eficiencia el uso de agua de riego.
La iniciativa delinea las acciones que deben asumir los tres niveles de Gobierno para garantizar el acceso, la disposición y el saneamiento del agua para consumo personal y doméstico y sienta las bases y modalidades para el acceso, uso equitativo y sustentable y plantea reglas para la distribución de competencias entre autoridades federales, estatales y municipales y reconoce los sistemas comunitarios de agua.