Morena y sus aliados una vez más lograron imponer su mayoría para probar la reforma la Ley de Amparo en la Cámara de Senadores. La reforma endurece los requisitos para activar el recurso legal de la suspensión, que es clave para la protección de los Derechos Humanos. Esta iniciativa fue impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, tras la reforma judicial que se concretó este año. La reforma pasó ya a la Cámara de Diputados para su aprobación final.
Retrocesos por reforma
Para el diputado federal, David Azuara Zúñiga, aunque el proceso legislativo en el Senado ya concluyó, lo que está en juego ahora es la defensa de las garantías ciudadanas frente a una norma que modifica de raíz uno de los instrumentos jurídicos más importantes del país, lo que significa un retroceso.
El legislador llamó a mantener la vigilancia en la Cámara de Diputados, donde la reforma continuará su trámite. Además, planteó que la oposición y la sociedad civil pueden recurrir a acciones de inconstitucionalidad, promover información clara hacia la gente y exigir que los funcionarios responsables de incumplir sentencias rindan cuentas de manera individual.
“La reforma ya se aprobó en el Senado, pero lo que venga después será decisivo: cómo se interpongan recursos, qué interpretación hagan los jueces y qué decisiones adoptemos desde el Congreso. No luchamos frente a un papel, luchamos por lo que nos queda de defensa”, concluyó.
Reforma innecesaria que debilita en amparo
En entrevista exclusiva con PLANO INFORMATIVO, Juan Pablo Gómez Fierro, magistrado en retiro, que fuera magistrado y juez de distrito durante 10 años, consideró que no era necesaria la reforma a la Ley de Amparo, porque aunque hay algunos aspectos que pueden ser buenos dentro de la legislación, como es la modernización del juicio de amparo, el expediente electrónico, y un avance de justicia digital, en realidad los aspectos centrales de la reforma no tienden a mejorar el juicio de amparo, sino a debilitarlo.
También en entrevista exclusiva, Jorge Chessal Palau, presidente de la Barra Mexicana Colegio de Abogados Capítulo San Luis Potosí, consideró que la Ley de Amparo logró aprobar amparos en materia ambiental, sanitaria, y de desarrollo urbano, que mucho afectaba en la comunidades, y ahora esta reforma lo que hace es que restringe ese derecho de las comunidades para protegerse.
Además está reforma limita los casos de la suspensión en el amparo, de manera que va a haber situaciones en las cuales se podrá promover el amparo, pero no se va a suspender la ejecución del acto, "lo que están haciendo es vaciar de contenido la Ley de Amparo y dejarlo en un mero recuerdo histórico, anecdótico, de lo que en su momento fue una buena institución en el orden jurídico mexicano".
Ciudadanía indefensa
Gómez Fierro apuntó que la principal afectación que pueden sufrir los ciudadanos es que esta reforma afecta un aspecto central que es la suspensión; el juicio de amparo es el mejor mecanismo que se ha encontrado para la protección de los derechos humanos de los ciudadanos, para defenderse de los actos del poder público y regular en sus derechos. "La suspensión es el alma del juicio de amparo, la suspensión del juicio muchas veces dotaba de un efecto reparador, que finalmente es su propósito, y de restablecer a una persona a la que se le ha negado un derecho, el goce de este".
En opinión de Chessal Palau, ciertos sectores de la ciudadanía serán los más afectados, por ejemplo la suspensión no va a proceder tratándose de decisiones que tengan que ver con concesiones federales, “imagínate una comunidad, una ranchería o un ejido, que tenga una dificultad con la Comisión Nacional del Agua, que les cancele una concesión para poder tener un pozo, resulta que van al amparo, pero no van a tener derecho a la suspensión y mientras dure el juicio, que puede durar muchos meses, simple y sencillamente no van a tener acceso porque están limitando el derecho de suspensión; y así puede pasar en muchos casos, como los amparos para los medicamentos o tratamientos médicos”.
Retroactividad, tema delicado
En cuanto al artículo transitorio que señala que esta nueva Ley de Amparo, una vez que entre en vigor, también afectará a los juicios de amparo que actualmente estén en trámite, es decir, que sea retroactiva la Ley, es un tema muy delicado porque impacta a juicios que ya están en trámite, señaló Gómez Fierro.
"Es preocupante que le quieran dar ese efecto retroactivo, pero lo más preocupante son tal vez los aspectos centrales de la reforma, creo que algunos fueron de alguna manera matizados en el dictamen que fue aprobado en el Senado, pero hay aspectos que son muy preocupantes, particularmente todo lo que tiene que ver con el tema de la suspensión en el juicio de amparo. Esto dará lugar a que se utilice como mecanismo de presión hacia los ciudadanos y como mecanismo que pudiera usarse de manera arbitraria, sin que los jueces puedan revisar caso por caso".
Al respecto, Chessal Palau explicó que cuando se trata de derechos sustantivos, es decir derechos de fondo, la Constitución establece que si tú tienes esos derechos no se te puede aplicar la retroactividad de la ley, "es decir si ahorita por ejemplo tú compras determinado bien inmueble y resulta que esta reforma prohibiera que se vendiera, como tú ya lo compraste no se te puede aplicar retroactivo y no se deshace la venta; pero tratándose de cuestiones procesales normalmente lo que sucede es que conforme avanza el juicio los cambios a las leyes de los juicios pueden ir cambiando y no te afectan porque tú sigues trabajando con ciertas reglas que ya tienen aprobadas".
Pesa más los negativo que lo positivo
Gómez Fierro dijo que para él, pesa mucho más lo negativo de esta reforma, pues a pesar de que hay algunos aspectos que son rescatables, como lo relativo a la modernización del juicio de amparo digital, o la instalación de plazo donde no había una regulación específica; en los sustantivo y más importante esta reforma es muy negativa, "nos debería de preocupar a todos porque pone en riesgo la protección efectiva de nuestros derechos, si hacemos un balance yo te diría que el balance para mí es claramente negativo".
Por su parte, Chessal Palau indicó que sí hay bondades, como el obligar a las autoridades responsables a que hagan uso de los medios digitales, ya que ello va a permitir que se agilicen los procesos; también el plazo para que se dicten las sentencias de amparo, se puso a 90 días, y eso por lo menos es un avance, "pero en balance yo creo que de todos modos es negativo porque estas cosas son buenas, pero las cosas negativas son de mayor peso".
Ciudadanía debe de involucrarse y defender sus derechos
Gómez Fierro consideró que "Es importante que todos estemos involucrados en todos estos cambios, que no exista apatía de la ciudadanía a cambios en nuestro sistema jurídico que impactan de manera muy delicada la protección de nuestros derechos".
Y agregó que desde su punto de vista “Está reforma es un retroceso, y es parte de varias reformas que están restringiendo los espacios al goce de los Derechos Humanos”.
Para Chessal Palau hay tres mensajes importantes a la ciudadanía: "Primero, no hay mal que dure 100 años; segundo, no hay que rendirse, hay que seguir luchando por recuperar el orden jurídico; y tercero, no hay que confiar en quién te traiciona, quien desde el poder está tratando de limitar los beneficios para defender tus derechos".
Panorama sombrío para la justicia en México
En su opinión José Mario de la Garza Marroquín, presidente de Perteneces AC, consideró que con jueces aún inexpertos, apenas con pocas semanas en funciones, y las restricciones impuestas por la Ley de Amparo recientemente aprobada, se observa un panorama sombrío para la justicia en el país, afirmó
Para el especialista, los límites establecidos son motivo de alarma, especialmente desde la perspectiva de las asociaciones civiles. De la Garza Marroquín criticó que la reforma a la Ley de Amparo restringe de manera preocupante el interés colectivo. Perteneces AC, desde hace varios años, ha tenido como función primordial defender en tribunales a personas en situaciones de injusticia, bajo una conceptualización del derecho pro bono.