Con el rechazo de la Oposición, Morena y sus aliados empujaron anoche en lo general, con 76 voto a favor y 39 en contra, la polémica reforma a la Ley de Amparo que impulsó la Presidenta Claudia Sheinbaum.
Después de que apurara un par de audiencias públicas para zanjar críticas por la premura con que conducía el proceso, Morena consumó en "fast track" la reforma que, coincidieron los opositores, debilitará la figura del "interés legítimo", acotará la admisión del recurso del juicio de amparo para colectivos y entorpecerá la suspensión del acto.
Las bancadas del PAN, MC y PRI coincidieron en que se trata de una reforma regresiva que desnaturaliza la figura del amparo en perjuicio del ciudadano, y que forma parte de un proceso de "aniquilación" de los mecanismos de defensa de los colectivos y de los derechos humanos.
Con sorna, los senadores emecistas Clemente Castañeda y Alejandra Barrales hablaron de la "ley del desamparo" para poner de relieve el carácter de indefensión en que queda el ciudadano.
La senadora priista Carolina Viggiano acusó en tribuna que había presiones sobre el presidente de la Comisión de Justicia, el morenista Javier Corral, para que devolviera al dictamen un transitorio que favorecería el carácter retroactivo de la reforma .
Al calor del debate, el coordinador y el vicecoordinador de Morena, Adán Augusto López Hernández e Ignacio Mier, respectivamente, se acercaron al escaño de Corral y se les vio manotear con el chihuahuense.
Al medio día, en comisiones, Corral había propuesto retirar ese transitorio y los legisladores le obsequiaron el respaldo.
Más tarde se supo que su correligionario Manuel Huerta Ladrón de Guevara presentaría la reserva en cuestión para reintroducir ese transitorio, que a la letra dice:
"Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este Decreto".
Morena alegó que el "fin último" de la reforma es "fortalecer al juicio de amparo como escudo ciudadano frente al poder, sin dejar de cerrar los resquicios que han permitido abusos procesales que afectan al interés colectivo y con ello el desarrollo del país."
Los aspectos principales asoman en la figura del "interés legítimo", de suerte que se define con mayor precisión, y, según el chihuahuense, debe traducirse en una lesión jurídica, individual o colectiva, real y diferenciada, cuya reparación produzca un beneficio cierto y no hipotético o eventual para la persona quejosa.
La reforma "evita demandas basadas en intereses abstractos. La sobrecarga de los tribunales con juicios de amparo sin fundamento y fortalece la seguridad jurídica, pero sin cerrar la puerta al acceso a la justicia de colectivos que acrediten afectaciones efectivas."
En relación con la suspensión del acto reclamado, se mantiene como instrumento esencial de protección, pero se establecen límites en casos sensibles, lavado de dinero, financiamiento al terrorismo, actividades sin concesión y deuda pública.