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Da juez primera suspensión contra CURP biométrica

La Presidenta Claudia Sheinbaum ha afirmado, en dos ocasiones, que la población no estará obligada a permitir el uso de sus datos biométricos para la CURP

Un juez federal concedió las primeras suspensiones contra la entrega de datos biométricos para la Clave Única del Registro de Población (CURP), prevista en una reforma legal publicada el pasado 16 de julio.
 
 Oswaldo Rivera González, juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, otorgó suspensiones provisionales en amparos promovidos por Víctor Manuel Carrillo Solís y Alejandro García Lumbreras, quienes cuestionan la Constitucionalidad de los cambios a la Ley General de Población (LGP)
 
 "Es material y jurídicamente factible conceder la suspensión provisional del acto reclamado para el efecto de que no se obligue a la parte quejosa a proporcionar sus datos biométricos y sensibles para la integración de su CURP, en los términos precisados por los preceptos reclamados", ordenó el juez.
 
 "Lo anterior, pues se trata de una medida transitoria que puede materializarse de momento a momento y revocarse en caso de que se negara la protección Constitucional, mientras que la entrega de sus datos biométricos, una vez realizada, sería irremediable".
 
 La Presidenta Claudia Sheinbaum ha afirmado, en dos ocasiones, que la población no estará obligada a permitir el uso de sus datos biométricos para la CURP, y que su participación será optativa, para colaborar en temas como la búsqueda de desaparecidos.
 
 La reforma a la LGP establece que la CURP que contenga contenga huellas dactilares y fotografía "será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital".
 
 Agrega que la Secretaría de Gobernación podrá integrar la información biométrica de dos maneras: mediante la transferencia de datos que ya tienen otras dependencias, previa autorización de la persona titular, o con la asistencia de ésta a los módulos que se instalen.
 
Pero la ley aclara que, en todos los casos, la integración de datos biométricos requerirá autorización de la persona titular, lo que implica que quienes se nieguen, seguirán contando con la CURP tradicional, pero no con la nueva CURP que servirá como identificación.
 
La reforma le dio al Gobierno hasta mediados de octubre para que habiliten los medios necesarios para la consulta, transferencia y validación de información biométrica que será integrada a la CURP.
 
 Por lo pronto, el juez resolverá el 1 de septiembre si concede suspensiones definitivas a Carrillo y García, que estarán vigentes durante todo el tiempo que tome este litigio.
 
 Una eventual decisión final sobre la Constitucionalidad de la reforma a la LGP corresponderá a los nuevos integrantes de la Suprema Corte de Justicia, que inician funciones este lunes.
 
 
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