La nueva Suprema Corte confirmará o revocará una sentencia que condena a Google a pagar casi 5 mil millones de pesos por daño moral al abogado Ulrich Richter.
El Tribunal Superior de Justicia de la CDMX declaró a Google, en junio de 2022, responsable de mantener durante años el acceso a un blog denominado "Ulrich Richter Morales y sus Chingaderas a la Patria", que según el abogado usurpa su identidad y a la fecha aparece al hacer una búsqueda básica.
Para evitar el pago de la condena mientras se resuelven los amparos, Google tuvo que exhibir una fianza por 398 millones de pesos. La firma sostiene que no es responsable por los contenidos de los blogs que aparecen luego de una búsqueda, y ha calificado la sentencia del Tribunal capitalino como "un atentado contra la libertad de expresión".
El expediente fue turnado en mayo de 2023 al Ministro Alfredo Gutiérrez, quien -según fuentes de la Corte- trabajó un proyecto que favorecía a Google y establecía precedentes sobre la responsabilidad de los motores de búsqueda, en relación con el contenido de los sitios de internet a los que direccionan.
Richter promovió un impedimento contra el Ministro Gutiérrez, quien no pudo compartir el proyecto del caso Google con sus colegas. Esta táctica dilatoria ha sido usada repetidamente para impedir que los Ministros salientes resuelvan sus asuntos.
Cuando la Corte atrajo el caso, consideró que es jurídicamente relevante porque permite fijar precedentes sobre 11 temas, entre ellos, la relación entre blogs y motores de búsqueda; la responsabilidad de estos últimos en cuanto a los contenidos a los que dirigen; y las leyes aplicables a una disputa de este tipo, entre otros.
"Se trata de figuras que casi no han sido exploradas en el orden jurídico mexicano, donde millones de personas navegan diariamente por internet, lo que les permite visualizar información de variado contenido a través de los motores de búsqueda de manera casi inmediata, incluso a veces sin ningún tipo de límite, y cargar información propia y de terceras personas, de igual manera, casi sin ningún tipo de restricción", afirmó entonces la Corte.