La consultora afirmó que los patrones están obligados a realizar un análisis de riesgos con el objetivo de identificar las condiciones de seguridad
Empresas y negocios tendrán hasta el 14 de diciembre como fecha límite para cumplir con las disposiciones de la llamada "Ley Silla", para evitar sanciones que van desde los 28 mil 285 pesos hasta 565 mil 700 pesos, advirtió la consultora Baker McKenzie.
El 17 de julio de 2025 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó las disposiciones sobre los factores de riesgos de trabajo para garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral de las personas trabajadoras en bipedestación.
Tales disposiciones regulan la "Ley Silla" al establecer que los patrones deben proporcionar sillas o asientos a sus trabajadores y permitirles descansos periódicos durante la jornada laboral.
La consultora afirmó que los patrones están obligados a realizar un análisis de riesgos con el objetivo de identificar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como a determinar el nivel de riesgo ergonómico de cada persona trabajadora que labora de pie, a fin de implementar las acciones preventivas y correctivas necesarias.
Hugo Hernández-Ojeda, socio laboral de Hogan Lovells, advirtió que la obligación de los patrones es darle a los trabajadores un lugar para que descansen, mediante sillas con respaldos ergonómicos, en caso contrario, pueden ofrecer un lugar especial donde puedan sentarse y reposar durante la jornada de trabajo.
"Ya estamos trabajando con clientes la elaboración de los protocolos y políticas para la implementación y contar con las sillas y lugares para poder prestar este beneficio. La Secretaría del Trabajo tiene las facultades para revisar a los empleadores que tengan un cumplimiento con estas nuevas obligaciones", explicó Hernández-Ojeda.
Advirtió que si los empleadores no lo hacen, la Secretaría del Trabajo podrá imponer multas a partir del último mes del año.